DECRETO 212/12

 

LA PLATA, 30 de MARZO de 2012.

 

VISTO el expediente N° 2900-85657/08 alcance 2 y su agregado N° 2900-7403/00 por los cuales se propicia declarar insalubres a los fines previsionales las tareas que desarrollan agentes de la Unidad de Transplante de Médula Ósea del Hospital Interzonal General de Agudos “Profesor Doctor Rodolfo Rossi” de la ciudad de La Plata, dependiente del Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de la Provincia de Buenos Aires, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 26 del Decreto Ley N° 9650/80 (Texto Ordenado Decreto N° 600/94), faculta al Poder Ejecutivo para establecer límites de edad y servicios diferenciales en el caso de tareas insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuro;

 

Que en las actuaciones citas en el exordio del presente, el personal del servicio de la Unidad de Transplante de Médula Ósea del citado nosocomio conjuntamente con la Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E), solicitan la declaración de insalubridad;

 

Que por Resolución Nº 11732/05 del Subsecretario de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires del 14 de diciembre de 2005, fueron declaradas insalubres las tareas que desarrollan los agentes del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires en la Unidad de Transplante de Médula Ósea del Hospital Interzonal General de Agudos Profesor Doctor Rodolfo Rossi de La Plata;

 

Que resulta necesario el reconocimiento de las tareas insalubres a los fines del Decreto N° 430/81;

 

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal (fojas 164), la Asesoría General de Gobierno (fojas 166/167), la Contaduría General de la Provincia (fojas 170) y tomado vista el Fiscal de Estado (fojas 171/ 171 vta.);

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y el artículo 26 del Decreto Ley N° 9650/80 -T.O. Decreto N° 600/94;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1°. Reconocer el carácter de insalubres, a los fines previstos en el artículo 1° del Decreto N° 430/81, a las tareas desarrolladas por los agentes del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires en la Unidad de Transplante de Médula Ósea del Hospital Interzonal General de Agudos “Profesor Doctor Rodolfo Rossi” de La Plata, dependiente del Centro Único Coordinador de Ablación e implante de la Provincia de Buenos Aires, que fueran declaradas insalubres mediante Resolución del Subsecretario de Trabajo N° 11732/05, cuya copia integra el presente Decreto como Anexo 1.

 

ARTÍCULO 2°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Trabajo.

 

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín

Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

ANEXO I