DECRETO 816/13

LA PLATA, 30 de octubre de 2013.

VISTO el expediente Nº 2166-2260/12, mediante el cual se gestiona la designación de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 14431, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la Ley citada precedentemente se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble sito en la ciudad de La Plata, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección H, Manzana 639, Parcela 11, inscripto su dominio en la Matrícula 128.189 a nombre de Barreda, Ricardo Alberto y otra y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios;

Que por el artículo 2º de la Ley Nº 14431, se determina que el inmueble será transferido a título oneroso a la Municipalidad de La Plata, a los efectos de desarrollar en el mismo un Centro Municipal por la Memoria para la Prevención y el Abordaje de la Violencia de Género;

Que asimismo dicha Ley prevé que el Organismo de Aplicación será determinado por el Poder Ejecutivo;

Que atento a la temática involucrada y a las funciones que le han sido asignadas, corresponde designar Autoridad de Aplicación de la Ley Expropiatoria al Consejo Provincial de las Mujeres, dependiente del Ministerio de Gobierno;

Que ha tomado intervención en el marco de su competencia la Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;

Que el dictado del presente se realiza de conformidad a las facultades previstas en el artículo 144 inciso 2°) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Designar al Consejo Provincial de las Mujeres, dependiente del Ministerio de Gobierno, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 14431, que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble sito en la ciudad de La Plata, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección H, Manzana 639, Parcela 11, inscripto su dominio en la Matrícula 128.189 a nombre de Barreda, Ricardo Alberto y otra y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno.

ARTÍCULO 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.

Cristina Álvarez Rodríguez Daniel Osvaldo Scioli

Ministra de Gobierno Gobernador