Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO

Resolución 3

 

La Plata, 21 de junio de 2016.

 

VISTO el expediente 24000-394/2016, la Ley Nacional Nº 25.506, su Decreto Reglamentario 2.628/02, la Ley N° 13.666, su Decreto Reglamentario 305/12, la Ley N° 14.803 y su modificatoria 14.805, el Decreto 39/15 B y su modificatorio 341/16, y la Resolución N° 23/13 de la Secretaría General de la Gobernación, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a través de la sanción de la Ley N° 13.666, la Provincia de Buenos Aires adhirió al régimen jurídico establecido mediante la Ley Nacional 25.506, reglamentada por Decreto 2.628/02 del Poder Ejecutivo Nacional, en la que se reconoce el empleo de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en las condiciones que ella establece;

 

Que posteriormente, mediante el Decreto 305/12, se aprobó la reglamentación de la Ley N° 13.666, designándose como Autoridad de Aplicación a la Secretaría General de la Gobernación;

 

Que en virtud de dichas atribuciones, la Secretaría General de la Gobernación, a través de la Resolución N° 23/13, aprobó el desarrollo e implementación de una Prueba Piloto hasta tanto se perfeccione la puesta en marcha de la Infraestructura de Firma Digital de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de utilizar los recursos tecnológicos disponibles que permitan incorporar progresivamente la experiencia necesaria en la especie, con la finalidad de llevar adelante un proceso gradual de implementación de esta herramienta;

 

Que la Ley N° 14.803 y su modificatoria 14.805, crea el Ministerio de Coordinación y Gestión Pública con el fin de asistir a la señora Gobernadora en materia informática y de telecomunicaciones, entre otras;

 

Que mediante Decreto 39/15 B y su modificatorio 341/16, se aprueba la estructura orgánica funcional de dicho Ministerio, determinando entre las competencias de la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías, dependiente de la Subsecretaría para la Modernización del Estado, la de desarrollar y mantener actualizado el sistema de información de programas y proyectos que tengan por objeto la innovación de la gestión pública provincial;

 

Que asimismo, el Decreto 341/16 designa a la Subsecretaría para la Modernización del Estado como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 13.666 y a la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías como Autoridad de Registro para el ámbito de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada;

 

Que, en ese marco, la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías se encuentra desarrollando la plataforma de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE), cuyo fin radica en la generación, registro y archivo de los documentos oficiales necesarios para vincular en un expediente electrónico;

 

Que sin perjuicio de ello, la Subsecretaría para la Modernización del Estado, estima necesario prorrogar por dos (2) años el plazo de la citada Prueba Piloto, a los fines de permitir la sensibilización de los agentes y funcionarios con la herramienta y la necesaria reingeniería de los procesos y procedimientos administrativos que debe acompañar insoslayablemente la introducción de esta tecnología;

 

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General y Fiscalía de Estado;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.666, su Decreto Reglamentario Nº 305/12 y el Decreto 341/16;

 

Por ello,

 

LA SUBSECRETARÍA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Prorrogar el plazo estipulado en el Artículo 4° de la Resolución N° 23/13 de la Secretaría General de la Gobernación, por un término de dos (2) años contados a partir de la suscripción de la presente.

 

ARTÍCULO 2°. Encomendar a la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías las acciones previstas en los artículos 3° y 5° de la Resolución N° 23/13 de la Secretaría General de la Gobernación.

 

ARTÍCULO 3°. Facultar a la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías a dictar las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías. Cumplido, archivar.

 

María Magdalena Acuña

Subsecretaria

C.C. 8.158