Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL
ESTADO
Resolución N° 3
La
Plata, 21 de junio de 2016.
VISTO el expediente N°
24000-394/2016, la Ley
Nacional Nº 25.506, su Decreto Reglamentario N° 2.628/02, la
Ley N°
13.666, su Decreto Reglamentario N° 305/12, la Ley N° 14.803 y su modificatoria N°
14.805, el Decreto 39/15 B y su modificatorio N°
341/16, y la Resolución N° 23/13 de la Secretaría General
de la Gobernación,
y
CONSIDERANDO:
Que a través de la sanción de la Ley N° 13.666, la
Provincia de Buenos Aires adhirió al régimen jurídico
establecido mediante la
Ley Nacional N° 25.506,
reglamentada por Decreto N° 2.628/02 del Poder
Ejecutivo Nacional, en la que se reconoce el empleo de la firma electrónica y
de la firma digital y su eficacia jurídica en las condiciones que ella
establece;
Que posteriormente, mediante el Decreto N° 305/12, se aprobó la reglamentación de la Ley N° 13.666, designándose como Autoridad de Aplicación a la Secretaría General
de la Gobernación;
Que en virtud de dichas atribuciones, la Secretaría General
de la Gobernación,
a través de la Resolución
N° 23/13,
aprobó el desarrollo e implementación de una Prueba Piloto hasta tanto se
perfeccione la puesta en marcha de la Infraestructura de
Firma Digital de la
Provincia de Buenos Aires, con el objeto de utilizar los
recursos tecnológicos disponibles que permitan incorporar progresivamente la
experiencia necesaria en la especie, con la finalidad de llevar adelante un
proceso gradual de implementación de esta herramienta;
Que la Ley N° 14.803 y su
modificatoria N° 14.805, crea el Ministerio de
Coordinación y Gestión Pública con el fin de asistir a la señora Gobernadora en
materia informática y de telecomunicaciones, entre otras;
Que mediante Decreto N° 39/15 B
y su modificatorio N° 341/16, se aprueba la
estructura orgánica funcional de dicho Ministerio, determinando entre las
competencias de la
Dirección Provincial de Sistemas de Información y
Tecnologías, dependiente de la
Subsecretaría para la Modernización del
Estado, la de desarrollar y mantener actualizado el sistema de información de
programas y proyectos que tengan por objeto la innovación de la gestión pública
provincial;
Que asimismo, el Decreto N°
341/16 designa a la
Subsecretaría para la Modernización del
Estado como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 13.666 y a la Dirección Provincial
de Sistemas de Información y Tecnologías como Autoridad de Registro para el
ámbito de la
Administración Pública Provincial Centralizada y
Descentralizada;
Que, en ese marco, la Dirección Provincial
de Sistemas de Información y Tecnologías se encuentra desarrollando la
plataforma de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE), cuyo fin radica en la
generación, registro y archivo de los documentos oficiales necesarios para
vincular en un expediente electrónico;
Que sin perjuicio de ello, la Subsecretaría para la Modernización del
Estado, estima necesario prorrogar por dos (2) años el plazo de la citada
Prueba Piloto, a los fines de permitir la sensibilización de los agentes y
funcionarios con la herramienta y la necesaria reingeniería de los procesos y
procedimientos administrativos que debe acompañar insoslayablemente la
introducción de esta tecnología;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría
General de Gobierno, Contaduría General y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº
13.666, su Decreto Reglamentario Nº 305/12 y el Decreto N°
341/16;
Por ello,
LA SUBSECRETARÍA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL
ESTADO,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Prorrogar el plazo estipulado en el Artículo
4° de la Resolución N° 23/13 de la Secretaría General
de la Gobernación,
por un término de dos (2) años contados a partir de la suscripción de la
presente.
ARTÍCULO 2°. Encomendar a la Dirección Provincial
de Sistemas de Información y Tecnologías las acciones previstas en los
artículos 3° y 5° de la
Resolución N°
23/13 de la
Secretaría General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3°. Facultar a la Dirección Provincial
de Sistemas de Información y Tecnologías a dictar las normas interpretativas,
complementarias y aclaratorias de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado,
comunicar a la
Dirección Provincial de Sistemas de Información y
Tecnologías. Cumplido, archivar.
María Magdalena Acuña
Subsecretaria
C.C. 8.158