Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución N° 574
La Plata, 20 de mayo de 2014.
VISTO el expediente N° 5805-1955339/12, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado expediente tramita el acto administrativo en virtud del cual el Tribunal de Clasificación de Educación Técnico Profesional propicia el llamado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir con carácter titular, los cargos vacantes de Inspectores de Educación Técnica de la Dirección de Inspección General dependientes de la Dirección Provincial de Gestión Educativa para la supervisión de la modalidad de Educación Técnica;
Que la concreción de los lineamientos de la política educativa de la jurisdicción, hace necesaria la cobertura con carácter titular de los cargos vacantes antes mencionados, a fin de garantizar la supervisión de la Modalidad como unidad pedagógica y organizativa;
Que a estos efectos se hace imprescindible la cobertura de los cargos vacantes de Inspectores de Educación Técnica con carácter titular a fin de optimizar el accionar de dicha Modalidad;
Que resulta necesario proceder a la cobertura de los cargos de Inspector de Educación Técnica, a los efectos de propiciar el acceso el la titularidad de todos los docentes que aspiren a dichos cargos y se desempeñen en la Modalidad respondiendo con ello a sus expectativas, brindándoles oportunidades de jerarquización y garantizando su estabilidad;
Que el artículo 7° de la Ley N° 10.579/87, establece que el ascenso constituye un derecho del personal docente titular;
Que en esta línea, dichos cargos se proveen mediante Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición, de conformidad al artículo 76 de la Ley N° 10.579 y su reglamentación;
Que el artículo 76 apartado A.1.1. del Decreto N° 2.485/92, reglamentario del Estatuto del Docente, modificado por Decreto N° 441/95, determina que corresponde al Tribunal de Clasificación respectivo, propiciar el dictado del acto resolutivo llamando a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura de cargos titulares;
Que el cargo a concursar fue creado por Res. 4.152/07, constituyéndose éste en el primer llamado a concurso, razón por la cual no existen excedentes pendientes de promoción.
Que las vacantes de los cargos a cubrir deberán ser excluidas de las Acciones Estatutarias de Movimiento Anual Docente;
Que el decisorio que por el presente acto administrativo se impulsa respeta los lineamientos arribados en la materia por Acuerdo Paritario de fecha 6 de octubre de 2009;
Que el acto que se propicia se encuadra en lo establecido por el Estatuto del Docente y su Reglamentación, Decreto N° 2.485/92 modificado por Decreto N° 441/95 y N° 1.189/02 y Resoluciones N° 11.324/97, N° 4.607/98, N° 1.277/99 y N° 4.091/02;
Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 69, inciso a, de la Ley N° 13.688 resulta viable el dictado del pertinente acto resolutivo;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA y EDUCACIÓN,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Llamar a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición de acuerdo con las prescripciones del Estatuto del Docente, Ley N° 10.579 y sus modificatorias N° 10.614, N° 10.693, N° 10.743, N° 13.124 y Decreto N° 2485/92 y sus modificatorias, Decretos N° 441/95 y N° 1189/02 y Resoluciones N° 11324/97, N° 4607/98, N° 1277/99 y N° 4091/02 con el objeto de proceder a la cobertura con carácter titular del 80% de los cargos vacantes de Inspectores de Educación Técnica de la Dirección de Inspección General dependientes de la Dirección Provincial de Gestión Educativa para la supervisión de la Modalidad de Educación Técnica que se consignan en el Anexo 1 que se declara parte integrante de la presente Resolución y que consta de un (1) folio.
ARTÍCULO 2°. Determinar, que en virtud de la concreción de los lineamientos de las políticas educativas, las vacantes nominalizadas en el Anexo 1 podrán sufrir variaciones.
ARTÍCULO 3°. Indicar que, a los efectos de preservar la legalidad de la instancia concursal, la Dirección de Tribunales de Clasificación actualizará la nómina de las vacantes antes del inicio del acto de promoción, momento en que deberán publicarse las mismas y proceder a la notificación fehaciente de los aspirantes que participan del concurso que se aprueba por el artículo 1° del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4°. Determinar que para la sustanciación del mencionado concurso, se constituirá un Jurado conforme a lo determinado en el Artículo 83 apartado IV del Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires, cuya nómina obra en el Anexo 2, que se declara parte integrante de la presente resolución y que consta de un (1) folio.
ARTÍCULO 5°. Establecer que los aspirantes que se postulen, deberán poseer cargo, horas cátedra y/o módulos titulares en la actual Modalidad de Educación Técnica, comprendiendo
a todos los establecimientos educativos de dicha Modalidad como condición excluyente a los efectos de poder concursar.
ARTÍCULO 6°. Aprobar los Anexos 3 y 4 que constan de tres (3) y un (1) folio respectivamente, que se declaran parte integrante del presente acto resolutivo, correspondientes a las condiciones generales y específicas para los ascensos para el cargo al que se convoca y a las normas legales vigentes de aplicación.
ARTÍCULO 7°. Aprobar los Núcleos Temáticos para las pruebas de Oposición y la Bibliografía que obra como Anexo 5, que se declara parte integrante de la presente resolución y que consta de ocho (8) folios.
ARTÍCULO 8°. Aprobar el formulario de inscripción a cumplimentar por los aspirantes para participar en el concurso de referencia, que se adjunta, como Anexo 6, que pasa a ser parte integrante del presente acto resolutivo y que consta de tres (3) folios.
ARTICULO 9°. Establecer que el puntaje docente del cargo de base titular que le permite al docente concursar, será considerado al 31 de diciembre del año anterior al llamado a concurso como antecedente valorable, según tabla de conversión que obra en el Anexo 7, que se declara parte integrante del presente acto resolutivo y que consta de dos (2) folios.
ARTÍCULO 10. Facultar a la Dirección de Tribunales de Clasificación, en el marco de la normativa vigente, a la elaboración del Cronograma de Acciones del procedimiento concursal aprobado por el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 11. Aprobar los instrumentos de evaluación de cada una de las pruebas concursales que se consigan como Anexos 9, 10, 11 y 12, cada uno de ellos constan de un (1) folio y los resúmenes de inscripción y resultados que obran como Anexos 8 y 13, que constan cada uno de un (1) folio, los cuales pasan a formar parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 12. Determinar que, en razón de la especificidad del presente concurso, todas las cuestiones que no resulten puntualmente previstas serán resueltas por la Dirección de Tribunales de Clasificación en el marco de la Ley N° 10.579 y normativa concordante.
ARTÍCULO 13. Establecer que la presente resolución será refrendada por la Subsecretaría de Educación.
ARTÍCULO 14. Registrar esta resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su reemplazo agregará copia autenticada de la misma. Comunicar a las Subsecretarías de Educación. Notificar a las Direcciones Provinciales de Gestión Educativa, de Gestión de Recursos Humanos, de Educación Técnico Profesional, a las Direcciones de Tribunales de Clasificación, de Concursos y Pruebas de Selección, de Inspección General, de Personal, de Educación técnica, de Gestión de Asuntos Docentes y por su intermedio a quienes corresponda. Publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Nora De Lucía
Directora General
C.C. 5.523