DECRETO-LEY 7673/71
Donando a la Sociedad de Fomento “Villa Atlántida”, Sala de Primeros Auxilios “Dr. Carlos Crovetto” y Biblioteca Popular “La Escuela”, de Lanús Oeste un automotor.
LA PLATA, 3 de FEBRERO de 1971.
VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 2091/69, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Dónase a la Sociedad de Fomento “Villa Atlántida”, Sala de Primeros auxilios “Dr. Carlos Crovetto” y Biblioteca Popular “La Escuela”, de Lanús Oeste, el automotor marca Renault 4L, motor Nº 5.013.841; modelo 1965; R.O. 6221; cuenta 6.1.0., valor pesos cuatro mil cuatrocientos nueve con sesenta centavos (pesos 4409,60), perteneciente al Ministerio de Economía.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.