DECRETO 933/2021
LA PLATA, 28 de Octubre de 2021
VISTO el expediente EX-2021-23876494-GDEBA-DPTDYPHJEGP de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia, a partir del 1º de octubre de 2021, de María Cristina Elisa de la CRUZ ORSI al cargo de Delegada de la Dirección Provincial de Personal, y
CONSIDERANDO:
Que María Cristina Elisa de la CRUZ ORSI presentó la renuncia, a partir del 1° de octubre de 2021, al cargo de Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante la Junta Electoral de la Provincia, quien había sido designada por Decreto Nº 1925/06;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la funcionaria saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, por Resolución N° 27/21, la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires resolvió tramitar ante el Poder Ejecutivo la renuncia presentada por María Cristina Elisa de la CRUZ ORSI al cargo referenciado;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la gestión encuadra en los términos del artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.04 – Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1º de octubre de 2021, la renuncia presentada por María Cristina Elisa de la CRUZ ORSI (DNI N° 24.421.259 - Clase 1975) al cargo de Delegada de la Dirección Provincial de Personal, quien había sido designada por Decreto Nº 1925/06, de conformidad con los términos del artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.