DEROGADA POR LEY 9345

 

LEY 9271

 

Declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación inmueble ubicado en el Partido de 25 de Mayo.

 

LA PLATA, 6 de marzo de 1979.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 4118-26.515/73 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/977, artículo 1, apartado 4.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la localidad de Norberto de la Riestra, jurisdicción del Partido de Veinticinco de Mayo, designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección M, Quinta 28, Parcela 1, inscripto en el Registro de la Propiedad en el Folio 198/945, del citado Partido y Declaratoria de Herederos 2496 del año 1957, propiedad de María Rosa Martínez de Varas y Domingo León Varas, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos dueños.

 

ARTÍCULO 2.- El inmueble descripto en el artículo anterior será destinado a la construcción de una subestación transformadora de 33/13,2 Kv, por la Cooperativa Eléctrica Limitada de Norberto de la Riestra.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Veinticinco de Mayo.

 

ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.