DECRETO 331/2023

LA PLATA, 17 de Marzo de 2023

VISTO el expediente EX-2022-25680682-GDEBA-DGIIOMA del Instituto de Obra Médico Asistencial, mediante el cual se tramita la limitación de las funciones interinas de Jefa del Departamento Técnico - Administrativo, dependiente de la Dirección Regional II - Bahía Blanca, de Sandra Liliana REBAINERA y la designación en su reemplazo de Adrián Fausto SUÁREZ, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1232/22 se modificó la estructura orgánico-funcional del Instituto de Obra Médico Asistencial, aprobada mediante Decreto Nº 1166/00 y modificatorios;

Que, en esta instancia, se propicia limitar, a partir del 1º de septiembre de 2022, las funciones interinas de Sandra Liliana REBAINERA, como Jefa del Departamento Técnico - Administrativo, dependiente de la Dirección Regional II - Bahía Blanca, en el que había sido designada mediante Decreto Nº 90/2004;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informa que la agente saliente no posee actuaciones sumariales en trámite;

Que, en consecuencia, se propicia designar a Adrián Fausto SUÁREZ, a partir del 1° de septiembre de 2022, en el cargo citado precedentemente;

Que el agente Adrián Fausto SUAREZ, quien reúne las condiciones de idoneidad requeridas para desempeñar debidamente la función, revista en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad del Instituto de Obra Médico Asistencial, Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 14, Grado IV, Código 3-0002-IV-1, Administrativo Oficial “B”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la Dirección Regional II - Bahía Blanca;

Que mediante Resolución Nº 2105/2022, el Directorio del Instituto de Obra Médico Asistencial resolvió propiciar ante el Poder Ejecutivo Provincial la limitación de las funciones interinas de Sandra Liliana REBAINERA en el cargo de Jefa de Departamento Técnico - Administrativo de la Dirección Regional II - Bahía Blanca, a partir del 1º de septiembre de 2022, y la designación en su reemplazo de Adrián Fausto SUÁREZ, a partir de la misma fecha;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente gestión se efectúa de conformidad con los artículos 10, 25 incisos e), g) y h) y 161 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio– de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.4.12, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 1º de septiembre de 2022, las funciones interinas como Jefa de Departamento Técnico - Administrativo, dependiente de la Dirección Regional II - Bahía Blanca, Personal Jerárquico, Categoría 21, Oficial Principal 4º, de la agente Sandra Liliana REBAINERA (DNI Nº 18.069.822 – Clase 1967), designada mediante Decreto Nº 90/2004.

ARTICULO 2º. Designar, con carácter interino, en la Jurisdicción 1.1.4.12, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 1º de septiembre de 2022, en el Agrupamiento Personal Jerárquico, Oficial Principal 4º, Categoría 21, Jefe de Departamento Técnico – Administrativo, dependiente de la Dirección Regional II - Bahía Blanca, a Adrián Fausto SUÁREZ (DNI Nº 22.855.682 - Clase 1973), quien revista en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad, en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 14, Clase 1, Grado IV, Código 3-0002-IV-1, Administrativo Oficial "B", con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo normado en los artículos 10 y 25 incisos e), g) y h) y 161 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 3º. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2023, Ley Nº 15.394 - Jurisdicción 12 – Jurisdicción Auxiliar 0 - Entidad 200 IOMA – Unidad Ejecutora 317 – Pr 2 – SP 0 – Py 0 – Ac 1 – Ob 0 - Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 12 – Inciso 1 – Partida Principal 1 – Régimen Estatutario 1 – Ley Nº 10.430 – Grupo 6 – UG 999 – Actividad 802.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolás Kreplak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.