LEY 6872
Creación de Escuela de Enseñanza Secundaria en la ciudad de Junín.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO l.- Créase una Escuela de Enseñanza Secundaria (bachillerato nocturno), dependiente de la Dirección de Enseñanza Media y Vocacional del Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de Junín.
ARTÍCULO 2.- Dicho establecimiento desarrollará funciones en el local de la Escuela Primaria Nº 2, "General San Martín", dependiente de la Dirección General de Escuelas.
ARTÍCULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.