LEY 6872

 

Creación de Escuela de Enseñanza Secundaria en la ciudad de Junín.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO l.- Créase una Escuela de Enseñanza Secundaria (bachi­llerato nocturno), dependiente de la Dirección de Enseñanza Media y Vocacional del Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de Junín.

 

ARTÍCULO 2.- Dicho establecimiento desarrollará funciones en el local de la Escuela Primaria Nº 2, "General San Martín", dependiente­ de la Dirección General de Escuelas.

 

ARTÍCULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.