DEPARTAMENTO DE LA PRODUCCION
DECRETO 2.098

La Plata, 16 de agosto de 2006.

VISTO el expediente Nº 21600-10843/06, la Ley de Ministerios Nº 13.175, la Ley Nº 12.889, el Decreto N° 995/02 y sus modificatorios, y el Decreto Nº 864/04, y

CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 12.889 en su artículo 1º suprime el Ente de Administración y Explotación de la Zona Franca La Plata;
Que por Decreto Nº 1566/02 - artículos 1º y 2º-, se asigna al Ministerio de la Producción las funciones del Ente de Administración y Explotación de la Zona Franca La Plata suprimido por Ley nº 12.889, y se suprime la estructura organizativa del citado organismo la que fuera oportunamente instituida por Decreto Nº 4588/93;
Que mediante Decreto Nº 864/04 se ratifica la vigencia de la estructura organizativa de la Subsecretaría de relaciones Económicas Internacionales y cooperación que fuera aprobada mediante Decreto Nº 995/02 modificada por Decreto Nº 1838/02 hasta tanto se apruebe la nueva estructura.
Que la presente propuesta materializa la necesidad de incorporar a la órbita centralizada del Ministerio de la Producción al ex Ente de Administración y Explotación de la Zona Franca La Plata, la que permitirá dar solución inmediata a los inconvenientes que se generan en el funcionamiento del suprimido organismo;
Que se ha estimado necesaria la incorporación de la Dirección Provincial de Zonas Francas en la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, en atención al cumplimiento de sus competencias;
Que en virtud a lo expuesto corresponde modificar la denominación de la estructura orgánico funcional de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y Cooperación, aprobada mediante Decreto Nº 995/02, ratificada por Decreto Nº 864/04;
Que en consecuencia de lo manifestado en los considerandos precedentes se impone la aprobación de una estructura organizativa de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, que le permitirá ejercer y cumplir sus objetivos con eficacia, que redundará en un incremento en los niveles de utilidad y empleo de los recursos;
Que habiendo tomado intervención y expedido favorablemente a fojas 66/70 y 72 la Subsecretaría de la Gestión Pública dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, La Dirección Provincial de Presupuesto y la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, Asesoría General de Gobierno, y la dirección Provincial de Personal, respectivamente, corresponde se dicte el pertinente acto administrativo;
Que el artículo 144 —proemio— de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer la estructura organizativa de sus jurisdicciones;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modíficase en jurisdicción del– MINISTERIO DE LA PRODUCCION -, Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y Cooperación, la que pasará a llamarse Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales , y su estructura orgánico funcional que fuera aprobada por Decreto nº 995/02 ratificada por Decreto nº 864/04.
ARTICULO 2º.- Apruébase en Jurisdicción - MINISTERIO DE LA PRODUCCION-, la estructura orgánico funcional de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1 y 2 forman parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 3.- Determínanse para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: UN (1) Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales; UN (1) Director Provincial de Relaciones Económicas Internacionales; UN (1) Director Provincial de Zonas Francas; UN (1) Jefe de Departamento Administrativo; UN (1) Jefe de Departamento de Asistencia Técnica; UN (1) Jefe de Departamento de Información; UN (1) Jefe de Departamento de Capacitación; UN (1) Jefe de Departamento de Ferias y Misiones; UN (1) Jefe de Departamento Administrativo; UN (1) Jefe de Departamento Técnico-Operativo, todos ellos acorde a los cargos vigentes en la Ley nº 10.430 —T.O. Decreto nº 1869/96—.
ARTICULO 4º.- Limítanse las designaciones del personal de la estructura organizativa de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, cuyas funciones no se correspondan con las unidades orgánicas que se aprueban en el presente Decreto mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes. A esos fines, y en relación con el personal con estabilidad, la limitación que se dispone deberá ajustarse al régimen estatutario que resulte aplicable.
ARTICULO 5º.- Derógase toda otra norma que se oponga al presente Decreto.
ARTICULO 6º.- El Ministerio de Economía tramitará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en
el Presupuesto General del Ejercicio 2006 – Ley nº 13.403.
ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción y el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTICULO 8º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y al Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (SINBA); pase al Ministerio de la Producción. Cumplido archívese.

Débora Giorgi                                     Felipe Carlos Solá
Ministra de la Producción                Gobernador de la Provincia de Buenos Aires

Gerardo Adrián Otero

Ministro de Economía

ANEXO II

MINISTERIO DE LA PRODUCCION
SUBSECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

ACCIONES

1. Asistir al Ministro en la formulación de objetivos y estrategias en materia de relaciones económicas internacionales y comercio exterior, con el propósito de generar una mayor y mejor inserción de la producción provincial en los mercados internacionales, articulando acciones con el sector privado, otras áreas de gobierno y organismos vinculados con la temática.
2. Elaborar un Plan Anual de Promoción de Exportaciones, en base a instrumentos enfocados en el fortalecimiento de la capacidad competitiva de las empresas y la promoción de la asociatividad, de manera de profundizar y diversificar su presencia en otros mercados.
3. Identificar y caracterizar el perfil exportador provincial, a los efectos de detectar las necesidades por nuevos instrumentos y acciones para el fortalecimiento de la competitividad externa, especialmente orientados a las pequeñas y medianas empresas que se inician en la actividad exportadora.
4. Promover juntamente con la Subsecretaría de Industria, Comercio y Minería tanto la radicación de inversiones en proyectos productivos orientados al incremento de las exportaciones, como la optimización de los mecanismos de fomento a la inversión directa existentes.
5. Representar a la Provincia, en coordinación con los organismos correspondientes, en particular con la Agencia de Cooperación y Relaciones Internacionales dependientes de la Secretaría General de la Gobernación, en todas aquellas reuniones, seminarios, congresos y otros eventos nacionales e internacionales de interés en materia de relaciones económicas internacionales y desarrollo productivo orientado a exportaciones.
6. Actuar como dependencia orientadora y asesora de los organismos y/o reparticiones del Poder Ejecutivo Provincial ante la Administración Pública Nacional y otros gobiernos provinciales, las representaciones consulares y los organismos internacionales, en temas vinculados con las relaciones económicas internacionales.
7. Participar en la suscripción y ejecución de acuerdos con contrapartes similares de otros países y en aquellos orientados a la internacionalización de la producción local, coordinando las acciones con la Agencia de Cooperación y Relaciones Internacionales dependientes de la Secretaría General de la Gobernación.
8. Dirigir la administración y la fiscalización de la Zona Franca La Plata, de conformidad con la legislación, las disposiciones del contrato de concesión vigente y los ejes conceptuales, objetivos y estrategias establecidas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
9. Evaluar técnica y económicamente los proyectos que se presenten para explotar la Zona Franca La Plata.
10. Promover la radicación en la Zona Franca La Plata de actividades orientadas a la innovación tecnológica, que favorezcan la generación de empleo y conduzcan a un mayor afianzamiento de los mercados externos.
11. Hacer cumplir las leyes y regulaciones aplicables a la Zona Franca La Plata, el Reglamento de Funcionamiento, las normas internas y los respectivos acuerdos de concesión y operación.
12. Suscribir convenios de intercambio que favorezcan el desarrollo de la Zona Franca La Plata con otros organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros.
13. Mantener la vinculación con el Ente Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales, creado por la Ley provincial Nº 12.313.

DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES
ECONOMICAS INTERNACIONALES

ACCIONES

1. Coordinar las acciones tendientes a la formulación de objetivos y estrategias provinciales en materia de relaciones económicas internacionales y comercio exterior.
2. Proponer acciones en materia de relaciones económicas internacionales y comercio exterior al Subsecretario, con el propósito de generar una mayor y mejor inserción de la producción provincial en los mercados internacionales.
3. Coordinar la elaboración de un Plan Anual de Promoción de Exportaciones, a partir de la identificación de sectores y regiones productivas bonaerenses con ventajas competitivas que promuevan su inserción en los mercados internacionales.
4. Diseñar y ejecutar programas vinculados con la competitividad de la producción provincial y su adaptación a las exigencias de los mercados internacionales, con el propósito de incrementar y diversificar las exportaciones provinciales, articulando acciones con otras áreas de gobierno, el sector privado, etc.
5. Promover y organizar la participación en ferias, exposiciones, misiones comerciales y rondas de negocios con el objetivo de difundir la oferta exportable bonaerense, articulando acciones con el sector privado, otras áreas de gobierno y organismos vinculados con la temática.
6. Proveer herramientas técnicas a los Municipios para la promoción de las exportaciones del ámbito local y de las inversiones extranjeras directas, en coordinación con los Organismos competentes.
7. Instrumentar programas de capacitación, brindar asesoramiento técnico y prestar asistencia a proyectos sectoriales y/o regionales orientados a incrementar las exportaciones de la pequeñas y medianas empresas bonaerenses.
8. Identificar, analizar y proponer nuevos instrumentos y acciones para el fortalecimiento de la competitividad externa, especialmente de las pequeñas y medianas empresas.
9. Participar en el diseño y la ejecución de programas de promoción de las inversiones en proyectos productivos orientados a incrementar y diversificar el comercio exterior de la Provincia en coordinación con otras áreas de Gobierno, el sector privado y demás organismos relacionados.
10. Participar en eventos nacionales e internacionales en materia de relaciones económicas internacionales y desarrollo productivo que sean de interés para la Provincia, así como facilitar el diálogo y la cooperación en estos temas con la sociedad civil, en particular el sector académico, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado.
11. Colaborar con el Subsecretario en la suscripción e instrumentación de acuerdos internacionales con contrapartes similares de otros países y en aquellos orientados al desarrollo productivo local.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

ACCIONES

1. Instrumentar las actividades necesarias para el funcionamiento del despacho de actuaciones administrativas giradas o iniciadas en la Dirección Provincial y prestar asistencia a las distintas dependencias de la misma.
2. Organizar, supervisar y atender las actuaciones entradas, su movimiento interno y salida, manteniendo un registro actualizado para la información que requieran las dependencias y reparticiones del área, así como los diferentes organismos externos.
3. Verificar y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas para la confección y trámite de las actuaciones originadas en la Subsecretaría y remitir a la Dirección General de Administración.
4. Atender en recepción, distribución y gestión de los proyectos de comercio exterior y actos administrativos e informáticos, como así mismo verificar la correcta aplicación de las normas y reglamentaciones vigentes en la elaboración de los mismos y efectuar su presentación para la firma del Subsecretario.

DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA TECNICA

ACCIONES

1. Coordinar el diseño y la implementación de programas y proyectos tendientes a consolidar aquellas iniciativas de pequeñas y medianas empresas con potencial exportador que buscan acceder a los mercados externos, privilegiando la asociatividad empresaria.
2. Evaluar propuestas de esquemas asociativos para exportar presentados por los diferentes sectores productivos de la Provincia e instrumentar la asistencia técnica y/o el apoyo económico correspondiente a los proyectos seleccionados de acuerdo con su potencial.
3. Coordinar acciones dirigidas a promover la asociatividad empresaria para la exportación con otras instituciones públicas y el sector privado.
4. Elaborar estudios sectoriales y/o regionales relativos a la competitividad de las empresas bonaerenses, a los efectos de determinar una adecuada estrategia de internacionalización y diseñar los instrumentos necesarios para su posterior implementación.
5. Brindar asistencia técnica y asesoramiento especializado sobre temas de comercio exterior a los diferentes sectores productivos, privilegiando el acceso a los mercados de las pequeñas y medianas empresas sin experiencia en la actividad exportadora.

DEPARTAMENTO DE INFORMACION

ACCIONES

1. Desarrollar y administrar la red informática de comercio exterior de la Subsecretaría.
2. Elaborar informes técnicos para la toma de decisiones por parte de funcionarios y autoridades provinciales y todas aquellas publicaciones relacionadas con los ámbitos de competencia de la Subsecretaría, así como difundir el material institucional relacionado con el cumplimiento de las funciones específicas de ésta.
3. Diseñar y actualizar un sitio de Internet que ofrezca información sobre comercio exterior y permita realizar consultas por medio del correo electrónico, coordinando acciones con los demás departamentos técnicos de la Dirección Provincial.
4. Coordinar con la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa las acciones tendientes a relevar, sistematizar y actualizar la oferta exportable de la Provincia, a los efectos de su difusión y utilización para el diseño de programas y proyectos que favorezcan la internacionalización de las empresas bonaerenses.
5. Analizar la evolución de los indicadores relevantes sobre comercio exterior de la provincia y elaborar informes sobre el tema.

DEPARTAMENTO DE CAPACITACION

ACCIONES

1. Diseñar programas específicos de capacitación orientados al forta-lecimiento exportador de as empresas bonaerenses, en coordinación con otras áreas técnicas y los organismos públicos y privados vinculados con la materia.
2. Participar en el diseño y organización de seminarios preparatorios para la realización de acciones comerciales en otros mercados, en coordinación con otras áreas técnicas de la Subsecretaría.
3. Participar en el diseño y organización de jornadas de sensibilización y difusión de las actividades de la Subsecretaría en Municipios, Agencias de Desarrollo, etc.
4. Identificar la demanda de capacitación en comercio exterior de las pequeñas y medianas empresas y diseñar programas específicos.
4. Desarrollar estrategias conjuntas con otras instituciones para implemen-tar programas de capacitación en comercio exterior.

DEPARTAMENTO DE FERIAS Y MISIONES

ACCIONES

1. Coordinar la elaboración de un calendario anual de ferias internacionales que involucre a los diferentes sectores productivos de la Provincia, tanto con los organismos e instituciones locales vinculados con la temática, como con las correspondientes organizaciones de otros países.
2. Coordinar la elaboración del calendario anual de misiones comerciales al exterior, misiones comerciales inversas y otros eventos tendientes a promover las exportaciones provinciales.
3. Implementar las tareas de difusión y preparación necesarias para la participación empresarial en ferias internacionales, misiones empresarias al exterior, misiones inversas, ruedas de negocios y otros eventos destinados a promover los negocios internacionales de interés provincial.
4. Brindar asistencia técnica y asesoramiento en materia de participación en ferias, exposiciones, ruedas de negocios y misiones comerciales.
5. Coordinar la participación institucional en aquellas acciones de promoción comercial propuestas por otras instituciones públicas y/o privadas, a los efectos de facilitar la presencia de empresas bonaerenses en las mismas.

DIRECCION PROVINCIAL DE ZONAS FRANCAS

ACCIONES

1. Administrar y fiscalizar la Zona Franca La Plata, de conformidad con la legislación, las disposiciones del contrato de concesión vigente y las directivas impartidas por el Subsecretario.
2. Coordinar en el ámbito de la Zona Franca La Plata las tareas de promoción y radicación de actividades orientadas a la innovación tecnológica, que favorezcan la generación de empleo y conduzcan a un mayor afianzamiento de los mercados externos.
3. Implementar un sistema de transporte ágil, económico y eficiente como así también dotar a la Zona Franca La Plata de obras de infraestructura de servicios tendientes a facilitar la tarea de los usuarios.
4. Promover la suscripción de convenios de intercambio que favorezcan el desarrollo de la Zona Franca La Plata con otros organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros.
5. Representar a la Provincia, remitir toda la información que requiera la autoridad de aplicación y servir a la misma como órgano de consulta y asesoramiento permanente sobre las actividades de la Zona Franca La Plata.
6. Fiscalizar la provisión de información estadística adecuada oportuna y suficiente sobre los principales indicadores económicos y comerciales de la Zona Franca La Plata, la cual será de libre consulta.
7. Evaluar el impacto regional de la Zona Franca La Plata, identificando aquellos efectos perniciosos y/o costos que deberán ser internalizados por las empresas usuarias que los generen.
8. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el concesionario a cargo de la explotación de la Zona Franca La Plata.
9. Auditar periódicamente las medidas de vigilancia y control de accesos y límites de la Zona Franca La Plata.
10. Percibir del concesionario de la Zona Franca La Plata un derecho por la concesión bajo la forma de un pago único o en un canon periódico.
11. Garantizar la concurrencia de los usuarios en el acceso e instalación en la Zona Franca La Plata conforme el Reglamento de Funcionamiento, atender y dar respuesta a sus reclamos.
12. Velar por la conservación del medio ambiente y en especial el tratamiento de los efluentes de la Zona Franca La Plata.
13. Producir y solicitar informes al Ente Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales en relación con la implementación y funcionamiento de dicha Zona Franca.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

ACCIONES

1. Recepcionar la totalidad de la documentación de la Dirección Provincial de Zonas Francas y remitir a las áreas correspondientes, llevando un registro manual de ingreso y egreso de documentación.
2. Confeccionar los recibos de pagos de las tasas por servicios técnicos administrativos, canon, etc.
3. Confeccionar las notas y actos administrativos que correspondieren y proceder a su registro en el sistema y notificación.
4. Mantener el registro analítico de los bienes patrimoniales de la Dirección Provincial de Zonas Francas.
5. Registrar el movimiento de fondos que ingresen a la Dirección Provincial de Zonas Francas, adoptando las medidas necesarias para la custodia de los mismos.
6. Clasificar, contabilizar y registrar el movimiento de fondos correspondientes a la Caja Chica y Ordenes de Combustibles de la Dirección Provincial de Zonas Francas.
7. Evaluar la documentación presentada por las distintas empresas que deseen operar en el ámbito de la Zona Franca La Plata, a saber: inscripciones, contratos, renovaciones, rescisiones, escisiones, cambios de denominación, etc.
8. Llevar un registro informático y documental de los actos y actas que sean labradas autorizando la operatoria.
9. Confeccionar los legajos de los usuarios de la Zona Franca La Plata, llevando registro de los mismos.
10. Garantizar el asesoramiento a todas las empresas que deseen radicarse o estén radicadas en el predio franco de La Plata, brindando respuesta a sus inquietudes y reclamos, y arbitrando en la conciliación de las problemáticas que puedan presentarse entre usuarios y/o entre éstos y el concesionario.

DEPARTAMENTO TECNICO - OPERATIVO

ACCIONES

1. Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en el ámbito de la Zona Franca La Plata.
2. Fiscalizar el sistema de control de stock proporcionado por el Concesionario de la Zona Franca La Plata.
3. Realizar estadísticas en forma periódica que permitan conocer los flujos de mercaderías y valores que ingresan y egresan de la Zona Franca La Plata.
4. Labrar las correspondientes actas en caso que se determinen irregularidades en el cumplimiento de las normativas vigentes en operativa –movimientos de mercaderías, control de ingresos, egresos y tránsito - o se transgredan leyes nacionales, provinciales y/o municipales en el ámbito de la Zona Franca La Plata.
5. Proponer las acciones tendientes a optimizar la prestación de los servicios a los usuarios de la Zona Franca La Plata.
6. Efectuar control y vigilancia de los accesos y límites de la Zona Franca La Plata, así como aquellos controles periódicos relacionados con el medio ambiente, seguridad e higiene coordinando pautas y criterios con los organismos competentes en la materia.
7. Desarrollar e implementar el control de nuevas construcciones y/o el mantenimiento de galpones y edificios, vigilando el estricto cumplimiento de la normativa en el ámbito de la Zona Franca La Plata y confeccionar informes actualizados para las autoridades u organismos que así lo requieran.
8. Organizar y llevar un registro analítico de la normativa vigente en la Zona Franca La Plata en lo que hace a seguridad e higiene, medio ambiente, sobre normas de construcciones, seguridad, controles y estibajes.
9. Controlar, analizar y supervisar el estricto cumplimiento de la totalidad de los contratos firmados y aprobados por la Dirección Provincial.
10. Llevar un registro informático y documental de actos, actas, habilita-ciones, destrucciones, ingresos y egresos y todas aquellas operatorias autorizadas en el ámbito de la Zona Franca La Plata.