DECRETO 743/17 E

 

 

 

 

 

LA PLATA, 22 de Noviembre de 2017.

 

 

 

Referencia: 2915-6403/16 - Aporte 100 M Hospital SAMIC “El Cruce-Dr. Néstor Kirchner”.

 

 

 

 

 

VISTO el expediente Nº 2915-6403/16, por el cual se gestiona fijar en pesos cien millones con 00/100 ($ 100.000.000,00) el aporte a cargo del Estado Provincial a favor del Ente Hospital de Alta Complejidad en Red “El Cruce - Dr. Néstor Carlos Kirchner”, Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad “SAMIC” de Florencio Varela, por el ejercicio 2017, y

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

Que, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 4° de la Ley Nacional N° 17102, se formalizó el convenio de creación del Ente Hospital de Alta Complejidad “El Cruce”, Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad “SAMIC”, entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, el cual fue aprobado por Decreto Nacional N° 9/09 y Decreto Provincial N° 3386/08;

 

 

 

Que, posteriormente, por Decreto Nacional N° 238/11, se produjo el cambio de denominación del Ente Hospital de Alta Complejidad “El Cruce” por el de Ente Hospital de Alta Complejidad en Red “El Cruce - Dr. Néstor Carlos Kirchner”;

 

 

 

Que, concluido el periodo provisional, las partes suscribieron un nuevo convenio para la constitución definitiva del Ente, con fecha 24 de junio de 2015, aprobado por Decreto Nacional N° 2520/15, en el que se obligan a aportar los recursos presupuestarios anuales necesarios para asegurar el funcionamiento del citado Ente y su desarrollo, a cargo el setenta por ciento (70%) del Estado Nacional y el treinta por ciento (30%) restante a cargo del Estado Provincial;

 

 

 

Que, a fojas 2/10, el Presidente del Consejo de Administración del referido Hospital, informa que el presupuesto estimado para el Ejercicio 2017 asciende a la suma total de pesos dos mil cuarenta y ocho millones seiscientos cuarenta y tres mil ochocientos veintinueve con 00/100 ($ 2.048.643.829,00), siendo el treinta por ciento 30% correspondiente al cargo del Estado Provincial, la suma de pesos seiscientos catorce millones quinientos noventa y tres mil ciento cuarenta y nueve con 00/100 ($ 614.593.149,00);

 

 

 

Que, a fojas 14, la Dirección Provincial Legal, Administrativa y Contable del Ministerio de Salud señala que corresponde autorizar la transferencia para el Ejercicio 2017, por un monto de pesos cien millones con 00/100 ($ 100.000.000,00) a cuenta del presupuesto total;

 

 

 

Que, ha tomado intervención la Dirección Provincial de Presupuesto Público (artículo 6° del Decreto N° 78/17 E);

 

 

 

Que, ha tomado intervención el Ministerio de Gobierno (artículo 1° del Decreto N° 626/08);

 

 

 

Que, han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

 

 

 

Que, la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

 

Por ello,

 

 

 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

DECRETA

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1º. Fijar en la suma de pesos cien millones con 00/100 ($ 100.000.000,00) el aporte a cargo del Estado Provincial a favor del Ente Hospital de Alta Complejidad en Red “El Cruce - Dr. Néstor Carlos Kirchner”, Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad (SAMIC) de Florencio Varela, a cuenta del total de pesos seiscientos catorce millones quinientos noventa y tres mil ciento cuarenta y nueve con 00/100 ($ 614.593.149,00) para el Ejercicio 2017, atento el carácter de cofinanciador que asume para su sostenimiento regular de acuerdo a lo estipulado por el convenio suscripto con fecha 24 de junio de 2015, aprobado por Decreto Nacional N° 2520/15.

 

 

 

ARTÍCULO 2º. Autorizar a pagar al Hospital citado en el artículo 1°, o a quienes legalmente lo representen, por Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, la suma de pesos cien millones con 00/100 ($ 100.000.000,00) por el concepto señalado en el artículo anterior.

 

 

 

ARTÍCULO 3º. El presente gasto será atendido con cargo a las siguientes imputaciones: JURISDICCION 12 - JURISDICCIÓN AUXILIAR 1 - ENTIDAD 0 - CATEGORÍA DE PROGRAMA ACE 1 - Finalidad 3 -Función 1 - FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Procedencia 1 - Fuente 1 - PARTIDA PRINCIPAL 5 - PARTIDA SUBPRINCIPAL 5 - PARTIDA PARCIAL 1 - PARTIDA SUBPARCIAL 5 - EJERCICIO 2017 - Ley N° 14879 - pesos cien millones con 00/100 ($ 100.000.000,00).

 

 

 

ARTÍCULO 4°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

 

 

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

 

 

Ándres Roberto Scarsi                    Federico Salvai

 

 

Ministro de Salud                              Ministro de Jefatura de

Gabinete de Ministros

 

 

 

 

 

María Eugenia Vidal

 

 

Gobernadora