DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 1012

La Plata, 13 de noviembre de 2014.

 

VISTO el expediente Nº 4035-28068/12, por el cual la Municipalidad de Esteban  Echeverría modifica la Ordenanza Nº 1.594/79, vigente en el Partido, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la propuesta elevada se gestiona la convalidación de la Ordenanza Nº 8.286/13 y su Decreto de Promulgación Nº 2.362/13;

 

Que mediante dichos actos, se desafecta del Código de Planeamiento Urbano aprobado por la Ordenanza Nº 1.594/79 en el Título III, Capítulo III, el artículo 3.3.3.3, la zonificación  C3, sobre la Avenida Mariano Castex entre las calles Dardo Rocha y Lacarra;

 

Que asimismo, se incorpora al artículo 3.3.3.1 del actual Código de Planeamiento Urbano, en el Título III, Capítulo III, la zonificación C1-A (Comercial Uno-A);

 

Que a fojas 76/78 la Dirección Provincial de Infraestructura Urbana y Territorial, se expide sin formular observaciones y considera que correspondería dar curso a la convalidación de la Ordenanza Nº 8.286/13, criterio compartido a fojas 79 por la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura;

 

Que la Dirección de Ordenamiento Local a fojas 72/73 y 82/83, luego de analizar la  Documentación presentada, informa que correspondería proceder a la convalidación de la Ordenanza Nº 8.286/13 y su Decreto de Promulgación Nº 2.362/13, criterio compartido por la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial a fojas 74 y 88;

 

Que a fojas 89, la Subsecretaría de Gobierno toma conocimiento e impulsa el trámite convalidatorio provincial de la mencionada Ordenanza;

 

Que a fojas 85, ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 83 del Decreto –Ley Nº 8.912/77 (T.O. 1987 y modificatorios);

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Convalidar la Ordenanza Nº 8.286/13 y su Decreto de Promulgación Nº 2362/13, mediante la cual la Municipalidad de Esteban Echeverría modifica la normativa vigente en el Partido; que como Anexo Único compuesto de cuatro (4) fojas útiles forman parte del presente; bajo la exclusiva responsabilidad de los organismos técnicos intervinientes.

 

ARTÍCULO 2º. Establecer que en materia de infraestructura, servicios y equipamiento comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56, 62 y 63 del Decreto Ley Nº 8.912/77 (T.O por Decreto Nº 3.398/87 y modificatorios) al momento de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización del uso.

 

ARTÍCULO 3º. El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.

 

Cristina Álvarez Rodríguez                                                                  Daniel Osvaldo Scioli

Ministra de Gobierno                                                                                     Gobernador

 

Nota: El Anexo Único podrá ser consultado en su versión PDF