LEY 14950

 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE 

LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase como Bien de Interés Histórico Arquitectónico, incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley N° 10419 y modificatorias, al edificio del Club Social de Junín, ubicado en la Avenida Rivadavia 103, cuyos datos catastrales son Circunscripción I, Sección K, Manzana 57, Parcela 14. Partida 054-004606-9.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.