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Fundamentos de la Ley 13520
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El
presente proyecto propone una modificación a la redacción del Código Procesal
Civil y Comercial de En el caso se trata del recurso de nulidad extraordinario. La
actual redacción del Art. 296 del CPCC remite a la vieja numeración de En 1994, con la reforma constitucional se cambió la numeración, hubo un corrimiento sin que se modificara el contenido de y caracteres del recurso de nulidad extraordinario. Anteriormente
el recurso de nulidad extraordinario estaba previsto en los artículos 156 y
159 de Ello
en virtud de lo que establece el artículo 161 inciso 3) subinciso b) de Es cierto que la jurisprudencia hace una interpretación adecuada del CPCC y no urge la modificación propuesta, sin embargo entendemos conveniente realizar la adecuación legislativa. Por las razones expuestas, solicitamos el voto favorable de los señores legisladores.
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