DECRETO 121/90
La Plata, 24 de enero de 1990.-
Visto, que el Artículo 12º de la Ley 10878 autoriza al Poder Ejecutivo a reajustar los Gastos de Función en virtud de la variación que se opere en los sueldos de los funcionarios comprendidos en la misma, y
CONSIDERANDO:
Que, por tal motivo es necesario dictar el correspondiente acto administrativo,
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Fíjase a partir del 1º de Enero de 1990, para el Personal Jerarquizado Superior, la escala de Gastos Funcionales, que como Planilla Anexa I, forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2.- Autorízase a las Direcciones de Administración u Oficinas que hagan sus veces a imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a las partidas específicas del Presupuesto.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su conocimiento y demás efectos.