DECRETO 121/90

 

La Plata, 24 de enero de 1990.-

 

Visto, que el Artículo 12º de la Ley 10878 autoriza al Poder Ejecutivo a reajustar los Gastos de Función en virtud de la variación que se opere en los sueldos de los funcionarios comprendidos en la misma, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por tal motivo es necesario dictar el correspondiente acto administrativo,

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Fíjase a partir del 1º de Enero de 1990, para el Personal Jerarquizado Superior, la escala de Gastos Funcionales, que como Planilla Anexa I, forma parte del presente decreto.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a las Direcciones de Administración u Oficinas que hagan sus veces a imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a las partidas específicas del Presupuesto.­

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Presupues­to del Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia ­para su conocimiento y demás efectos.­