DECRETO 29/90

 

La Plata 17 de enero de 1990.

 

                        Visto el expediente 2100-222/90, por el cual tramita un proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura con fecha 29 de diciembre de 1989, mediante el cual se declaran de utilidad pública y sujetas a expropiación fracciones de terreno ubicadas en el Partido de General Sarmiento con destino a su adjudicación, a título oneroso y por venta directa, a sus actuales ocupantes y,

 

CONSIDERANDO:

 

                        Que en la inscripción dominial correspondiente al folio 3242/56 no se encuentra debidamente consignada la nomenclatura catastral;

 

                        Que la identificación catastral correcta corresponde a: Circunscripción IV, Sección Rural, Parcelas 9 y 82 b.;

 

                        Que el error en el que se ha incurrido al citar la nomenclatura catastral en el proyecto de ley sancionado trae aparejada la imposibilidad de cumplir con el fin perseguido por el texto legal;

 

                        Que, no afectando el veto parcial la unidad y sistematicidad del resto de la ley, procede la promulgación de la parte no observada;

 

                        Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO 1.- Obsérvase en el artículo 1 del proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura con fecha 29 de diciembre de 1989, mediante el cual se declaran de utilidad pública y sujetas a expropiación fracciones de terreno ubicadas en el Partido de General Sarmiento, “la parte donde expresa: “Parcela 82 a.”.

 

ARTICULO 2.- Promúlgase la ley sancionada con excepción de lo observado.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese a la Honorable Legislatura la observación formulada.

 

ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTICULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.