DECRETO-LEY 9020/57

 

Reforzando partida de gastos, fin atender las erogaciones que demande la convocatoria a elecciones de Convencionales Constituyentes.

 

LA PLATA, 29 de MAYO de 1957.

 

VISTO el expediente 2.206-6.432, año 1957, por el que la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno, solicita el refuerzo de la partida de gastos correspondiente, para poder atender las erogaciones que produce la convocatoria a elecciones dispuesta por Decreto-Ley 6340/57,

 

EL INTERVENTOR FEDERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO

DECRETA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- El gasto que demande el cumplimiento del Decreto-Ley 6340, de fecha 26 de Abril de 1957, que dispone la convocatoria a elecciones de Convencionales Constituyentes, se atenderá con cargo a Rentas Generales.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto-Ley será refrendado por todos los Ministros en Acuerdo General.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.