DECRETO 370
VISTO: Lo actuado en el expediente Nº
2.100-21.914/03 por el que tramita la promulgación de un proyecto de ley
sancionado por
CONSIDERANDO:
Que dicha norma declaró de interés cultural, histórico, arquitectónico y patrimonial cultural provincial en forma definitiva de protección integral en el primer grado de intervención, al inmueble denominado Quinta Grande o Castillo Ayerza e instalaciones complementarias, ubicado en la localidad de Plátanos, partido de Berazategui;
Que la propuesta sub-exámine
pretende limitar la declaración antedicha a un polígono más reducido en
superficie, que incluiría a la edificación que se pretende preservar;
Que este Poder valora y comparte el texto propuesto en la iniciativa
sancionada, habida cuenta que la misma cumplimenta acabadamente la función de
protección consagrada por el legislador en el cuerpo legal originario, a la vez
que libera de los alcances de la misma vastos espacios verdes susceptibles de
otra utilización por parte de la comuna;
Que la inciativa en tratamiento parte de la
premisa que el bien citado es de dominio del Estado Provincial, siendo en realidad,
según consta en la matrícula Nº 59303 su titular
Que la objeción que se efectúa no va en detrimento del espíritu, unidad y sistematicidad jurídica del proyecto en análisis;
Que en virtud de lo precedentemente expuesto conforme a fundamentos de
mérito y constitucionalidad y sin que ello resulte óbice para la aplicación del
texto que por otra parte se aprueba, deviene ineludible ejercer la facultad conferida
por los artículos 108 y 144 inciso 2) de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DE
DECRETA
Artículo 1º: Obsérvase en el artículo 1º del Proyecto de Ley
sancionado por
Artículo 2º: Promúlgase el texto aprobado
por
Artículo 3º: Comuníquese a
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.-