DEPARTAMENTO DE ECONOMIA
DECRETO 327
La Plata, 16 de marzo de 2009.
VISTO el expediente N° 2360-92839/08, por el cual la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires gestiona la aprobación del Proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ARG/08/029 denominado “Desarrollo Institucional de la ARBA”, y
CONSIDERANDO:
Que el referido Proyecto se enmarca en el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en virtud del acuerdo suscripto con el Gobierno de la República Argentina de fecha 26 de febrero de 1985, aprobado por Ley Nacional N° 23.396;
Que el citado acuerdo, establece las condiciones básicas que regirán la asistencia de ese programa a sus organismos de ejecución para llevar a cabo los proyectos de desarrollo dentro del ámbito del país, y determina que todas las obligaciones asumidas en el acuerdo, se extienden a todo convenio que se lleve a cabo entre el Gobierno y su organismo de ejecución sobre un proyecto que reciba ayuda del PNUD;
Que el Proyecto que se propicia aprobar se encuentra directamente relacionado con el objetivo estratégico del PNUD en la Argentina de “Promover la Gobernabilidad Democrática”;
Que a través de la Ley Nº 13.766 se creó la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires como entidad autárquica de derecho público, relacionada con el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Economía, teniendo a su cargo la ejecución de la política tributaria mediante la determinación, fiscalización y percepción de los tributos provinciales;
Que la administración tributaria reviste una importancia estratégica para el gobierno provincial como sustrato de las políticas públicas, y en tal sentido, ARBA constituye uno de los pilares fundamentales a los fines de obtener los recursos necesarios para el funcionamiento de la Provincia;
Que para el cumplimiento de su finalidad y conforme lo determina el artículo 4º inciso r) de la Ley N° 13.766, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires tiene la atribución de convenir la realización de acciones conjuntas con organismos municipales, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, a los efectos del cumplimiento de su finalidad, sin perjuicio de la observación de los recaudos que sobre el particular exige la legislación vigente;
Que en ese marco la citada norma dispuso en su artículo 9º inciso i) que es una facultad y obligación del Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, dictar todo tipo de acto o celebrar todo tipo de contrato vinculado con la finalidad del ente;
Que el Proyecto cuya aprobación se propugna tiene como principal finalidad, favorecer al fortalecimiento institucional, de apoyo administrativo y capacidad de gestión de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, para lo cual en el mismo se contempla la problemática actual, las acciones a desarrollar y finalmente la situación prevista a su finalización;
Que en ese orden, la estrategia del Proyecto radica en contribuir mediante asistencia técnica, actividades de capacitación, desarrollo e implementación de nuevos procedimientos y sistemas, adquisición de equipos, y acceso eficiente a la información para que ARBA se consolide institucionalmente en su rol de Autoridad de Aplicación y gestor de la administración tributaria provincial;
Que siendo la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires el organismo provincial de ejecución del proyecto, la Dirección Nacional del mismo es asignada al Director Ejecutivo de la citada Agencia;
Que ha dictaminado Asesoría General de Gobierno, intervenido Contaduría General de la Provincia y tomado vista el Señor Fiscal de Estado;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 144 –proemio– de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTICULO 1°. Aprobar bajo la exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo propician, el Documento de Proyecto P.N.U.D. identificado bajo el número ARG/08/029/A/01/99, denominado “Desarrollo Institucional de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires”, suscripto en el marco del Acuerdo celebrado con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el cual se establece como Organismo de Ejecución a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, cuyo texto obrante en el expediente N° 2360-92839/08 pasa a formar parte integrante del presente acto.
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente acto, será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2009 – Ley N° 13.929 – Sector Público Provincial No Financiero – Administración Provincial – Organismos Descentralizados – Jurisdicción 08: Ministerio de Economía – Entidad 021: Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires – PRG 001 – AES 005 – Partida Principal 5 – Partida Subprincipal 9 – Partida Parcial 2 – Partida Subparcial 018: “PNUD ARG 08-029: Desarrollo Institucional de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires”, por $ 54.169.700 y Diferido 2010, $ 14.701.410.
ARTICULO 3°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Rafael Perelmiter Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Economía Gobernador
Nota: El texto mencionado en el Artículo 1° del presente Decreto, podrá ser consultado en la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.