DECRETO 628/2023

LA PLATA, 22 de Abril de 2023

VISTO el expediente EX-2022-04155394-GDEBA-SDTADPLB del Patronato de Liberados Bonaerense, por el cual se gestiona la reserva del cargo de revista del agente Juan Fernando LÓPEZ, y

CONSIDERANDO:

Que Juan Fernando LÓPEZ revista en un cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 16, Clase 1 - Grado VI, Código 5-0002-VI-1, Abogado “B”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la Dirección de Región 3 - Subdirección Territorial 6 - Departamento Ensenada del Patronato de Liberados Bonaerense;

Que el citado agente solicita la reserva de su cargo de revista, a partir del 7 de febrero de 2022, en virtud de su designación como Director de Atención de la Ciudadanía, dependiente de la Dirección Provincial de Gobierno en Línea de la Subsecretaría de Gobierno Digital del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, lo que se instrumentó mediante la Resolución N° 605/22 de dicha jurisdicción;

Que obra conformidad del Presidente del Patronato de Liberados Bonaerense;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y Asesoría General de Gobierno;

Que la gestión se encuadra en los términos del artículo 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Conceder en la Jurisdicción 1.1.2.06.00.011, MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - PATRONATO DE LIBERADOS BONAERENSE, a partir del 7 de febrero de 2022, la reserva del cargo del agente Juan Fernando LÓPEZ (DNI N° 17.691.942 - Clase 1966), quien revista en la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley Nº 10.430, en el Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 16, Clase 1 - Grado VI, Código 5-0002-VI-1, Abogado “B”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, mientras dure el desempeño de sus funciones como Director de Atención de la Ciudadanía, lo que se instrumentó mediante la Resolución N° 605/22 de dicha jurisdicción.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.