LEY 6966
Expropiación con destino al funcionamiento de la Escuela 42 del Distrito de Avellaneda.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la calle Belgrano entre las de Güemes y la prolongación de la Juan B. Alberdi de la localidad de Avellaneda, partido del mismo nombre nomenclada catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Fracción I, Parcelas 73 y 74 y según título como lotes 3 y 2, de propiedad de Bianchi Pedro y Bianchi y Moretti Beatriz y Marta Graciela o quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio, con destino al funcionamiento de la Escuela Nº 42 del distrito de Avellaneda.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará al Anexo VII, Sección 1ª, Item 6, Grupo 1° a), A. Adquisiciones, 2. Inmuebles, 1. Expropiaciones, Presupuesto General 1964.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.