DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DECRETO 7/13
LA PLATA, 4 de enero de 2013.
VISTO el Expediente N° 2160-15893/12, mediante el cual el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires propicia la modificación de la Estructura Organizativa que fuera aprobada por los Decretos Nº 1.940/03 y N° 271/04, modificados por el Decreto N° 2.573/04, Decreto N° 2.910/05, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 13.056 establece las funciones que serán competencia del citado Instituto;
Que la actividad teatral y de las artes escénicas son un campo de suma importancia en la gestión cultural, lo cual se refleja en las distintas actividades que se desarrollan a través del Centro Provincial de las Artes “Teatro Argentino”, Centro Provincial de las Artes Teatro Auditórium y Sala “Roberto Payró”, Dirección de la Comedia de la Provincia de Buenos Aires y Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur;
Que en virtud de su importancia, resulta imprescindible que las políticas diseñadas para dicho campo puedan ejecutarse y monitorearse en forma centralizada para que cada una de las áreas del Instituto Cultural que desarrollan actividades en esta materia lleve adelante una gestión coordinada que produzca un efecto sinérgico a los fines de alcanzar los objetivos propuestos de manera más eficiente;
Que resulta necesario dotar al Instituto Cultural de una instancia de gestión que ejecute y articule las políticas definidas para el teatro y las artes escénicas con cada uno de los citados organismos;
Que atento a las distintas actividades desarrolladas, tanto en los aspectos cualitativos como cuantitativos, deviene conveniente crear la Secretaría del Complejo Provincial de las Artes Escénicas, que colabore en la centralización y jerarquización de políticas dirigidas a las artes escénicas, agrupando a tal efecto a los aludidos organismos artísticos;
Que tendiendo en cuenta las acciones propuestas para la Secretaría del Complejo Provincial de las Artes Escénicas, deviene necesario transferir el Centro Provincial de las Artes “Teatro Argentino”, el Centro Provincial de las Artes Teatro Auditórium y Sala “Roberto Payró”, la Dirección de la Comedia de la Provincia de Buenos Aires y la Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur, de la órbita de la Secretaría Ejecutiva a la de la Secretaría que por el presente se crea;
Que a los fines indicados en los párrafos precedentes es preciso dictar el pertinente acto administrativo;
Que han tomado intervención la Subsecretaría para la Modernización del Estado y la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Secretaría de Personal y Política de Recursos Humanos, la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Asesoría General de Gobierno;
Que el artículo 144 – proemio – de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires faculta al Poder Ejecutivo, como Jefe de la Administración, a proveer a la estructura de sus jurisdicciones;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Crear en el ámbito del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, dependiente de la Presidencia de dicho organismo, la Secretaría del Complejo Provincial de las Artes Escénicas.
ARTÍCULO 2º. Aprobar la modificación de la estructura orgánico-funcional del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.940/03 y modificatorios, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos1, 1a, 2 y 3 forman parte integrante del presente.
ARTÍCULO 3º. Determinar para la estructura organizativa aprobada por el artículo 1º, UN (1) cargo de Secretario del Complejo Provincial de las Artes Escénicas, con rango y remuneración equiparado a Subsecretario.
ARTÍCULO 4º. Transferir de la orbita de la Secretaría Ejecutiva, juntamente con sus estructuras orgánico funcionales, sus recursos humanos, económicos, financieros el Centro Provincial de las Artes “Teatro Argentino”, el Centro Provincial de las Artes Teatro Auditórium y Sala “Roberto Payró”, la Dirección de la Comedia de la Provincia de Buenos Aires y la Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur, a la de la Secretaría del Complejo Provincial de las Artes Escénicas.
ARTÍCULO 5º. Aprobar la modificación de las acciones oportunamente determinadas a los organismos citados en el artículo precedente, conforme lo determinado en el ANEXO 3 del presente.
ARTÍCULO 6º. Establecer que mantienen su vigencia todas aquellas unidades organizativas aprobadas por Decreto Nº 2.573/04 y sus modificatorios, que no fueran modificadas por medio del presente.
ARTÍCULO 7º. El Instituto Cultural propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 8º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Jefatura de Gabinete de Ministros y de Economía.
ARTÍCULO 9º. Registrar, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar a la Dirección Provincial de Gestión Pública y al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archivar.
Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de Gobernador
Gabinete de Ministros
Silvina Batakis
Ministra de Economía
ANEXO 2
INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DEL COMPLEJO PROVINCIAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
ACCIONES
1. Implementar los objetivos, las estrategias y los programas de gestión determinados por la Presidencia del Instituto Cultural, en materia teatral y de artes escénicas.
2. Constituir la coordinación ejecutiva de las acciones que lleve a cabo el Instituto Cultural en materia de política teatral, planificando y proponiendo a consideración del Presidente, las recomendaciones en materia teatral y de artes escénicas de la Provincia.
3. Promover en el ámbito de las artes escénicas, la integración de redes de instituciones culturales, nacionales e internacionales, públicas o privadas, a fin de intercambiar, información, programas, resultados, experiencias, técnicas y metodologías.
4. Proponer al Presidente del Instituto Cultural la programación de la temporada artística de las áreas bajo su órbita, de acuerdo a las pautas fijadas por la Presidencia del Instituto Cultural.
5. Gestionar convenios de cooperación con instituciones públicas y privadas del orden municipal, provincial, nacional e internacional, en materia teatral y de artes escénicas.
6. Atender y coordinar las acciones del Instituto Cultural con las distintas áreas del Gobierno Provincial con competencias concurrentes, en materia teatral y de artes escénicas.
7. Coordinar, articular y supervisar las políticas definidas para el teatro y las artes escénicas con cada uno de los siguientes organismos: Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, Centro Provincial de las Artes Teatro Auditórium y Sala “Roberto Payró”, Dirección de la Comedia de la Provincia de Buenos Aires y Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur, para el cumplimiento de los objetivos propuestos a tal fin por la Presidencia
ANEXO 3
INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DEL COMPLEJO PROVINCIAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES “TEATRO ARGENTINO”
DIRECCIÓN GENERAL ARTÍSTICA
ACCIONES
1. Planificar, organizar e implementar los programas y cursos de acción necesarios tendientes a la promoción de la cultura artístico-teatral, en especial las relacionadas con las expresiones líricas, sinfónicas, corales, coreográficas y/o cualquier otro tipo de expresión cultural acorde con la política fijada por el Instituto Cultural.
2. Programar y difundir la temporada artística, de acuerdo a las pautas fijadas por la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
3. Organizar y proponer la actuación de los cuerpos estables fuera del ámbito del Centro Provincial, sometiendo la programación y cálculo de gastos correspondientes a la aprobación de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
4. Proponer y elevar a consideración de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, la designación de jurados y las bases para los concursos internos o abiertos para la selección de los aspirantes a los cuerpos artísticos estables.
5. Proponer la asignación y/o afectación del personal artístico, técnico, auxiliar artístico, administrativo, de mantenimiento y servicios generales, a la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, para la ejecución de los distintos programas o eventos.
6. Proponer el elenco de cantantes solistas, directores de orquesta, regisseurs y primeros bailarines que intervendrán en las funciones programadas siendo estas propuestas no vinculantes.
7. Seleccionar y proponer los contratos con la participación de artistas y empresarios.
8. Presidir el jurado en los concursos internos o abiertos para la selección de aspirantes en los cuerpos artísticos estables.
9. Proponer a la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas los precios de las localidades para las funciones artísticas que se lleven a cabo.
10. Proponer el número de localidades sin cargo que serán entregadas a los coparticipantes de los distintos eventos.
11. Elaborar y elevar el anteproyecto de presupuesto anual del Centro Provincial.
INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DEL COMPLEJO PROVINCIAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
COORDINACION DE LOS ORGANISMOS ARTÍSTICOS DEL SUR
ACCIONES
1. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar el plan de actividades de acuerdo con las pautas emanadas de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
2. Programar y proponer la temporada artística, de acuerdo a las pautas fijadas por la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
3. Organizar e implementar los programas y cursos de acción necesarios para la promoción de la actividad artística teatral en todas sus manifestaciones, en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
4. Promover la programación de actividades a realizar en la Dirección del Ballet del Sur, en la Dirección de la Orquesta Sinfónica Provincial de Bahía Blanca y en la Dirección del Coro Estable de Bahía Blanca.
5. Proponer y elevar a consideración de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, la designación de jurados y las bases para los concursos internos o abiertos para la selección de los aspirantes a los cuerpos artísticos estables.
6. Proponer la asignación y/o afectación del personal artístico, técnico, auxiliar artístico, administrativo, de mantenimiento y servicios generales, a la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, para la ejecución de los distintos programas o eventos.
7. Proponer ante la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas los precios de las localidades para las distintas funciones programadas.
8. Seleccionar y proponer los contratos en participación con artistas y empresarios.
9. Evaluar y proponer la participación del personal en acciones de capacitación y perfeccionamiento.
10. Evaluar y proponer los criterios para la selección de las distintas modalidades para el ingreso a los eventos, pudiendo éstos ser gratuitos, de valor simbólico o valor de localidades, entre otros.
11. Elaborar y elevar a la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, el anteproyecto de presupuesto anual de la dependencia.
SECRETARÍA DEL COMPLEJO PROVINCIAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
COORDINACIÓN DE LOS ORGANISMOS ARTÍSTICOS DEL SUR
DIRECCIÓN DEL BALLET DEL SUR
ACCIONES
1. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar el plan de actividades de acuerdo con las pautas emanadas de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
2. Coordinar actividades con las autoridades del Teatro Municipal de Bahía Blanca.
3. Evaluar y controlar el cumplimiento de los distintos programas aprobados por la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
4. Organizar y proponer la actuación del cuerpo de baile fuera del ámbito del Teatro Municipal de Bahía Blanca, sometiendo la programación y cálculo de gastos correspondientes, a la Coordinación.
5. Programar y proponer la temporada artística, de acuerdo a las pautas fijadas por la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
6. Proponer y elevar a consideración de la Coordinación, la designación de jurados y las bases para los concursos internos o abiertos para la selección de los aspirantes al cuerpo de baile.
7. Proponer la asignación y/o afectación del personal artístico, técnico, auxiliar artístico, administrativo, de mantenimiento y servicios generales, a Coordinación, para la ejecución de los distintos programas o eventos.
8. Evaluar y proponer la participación del personal en acciones de capacitación y perfeccionamiento.
9. Convocar, seleccionar y proponer nuevos valores artísticos, propiciando sus actuaciones.
10. Elaborar y elevar a la Coordinación, el anteproyecto de presupuesto anual de la dependencia.
SECRETARÍA DEL COMPLEJO PROVINCIAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
COORDINACIÓN DE LOS ORGANISMOS ARTÍSTICOS DEL SUR DIRECCIÓN DE LA ORQUESTA SINFÓNICA PROVINCIAL DE BAHÍA BLANCA
ACCIONES
1. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar el plan de actividades de acuerdo con las pautas emanadas de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
2. Establecer pautas y criterios para la elaboración de planes de capacitación artística, dirigidos a los habitantes de la Provincia.
3. Evaluar y proponer la participación del personal en acciones de capacitación y perfeccionamiento.
4. Evaluar y proponer los programas temporales a realizarse por las áreas que la componen.
5. Evaluar y controlar el cumplimiento de los distintos programas aprobados por la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
6. Proponer y elevar a consideración de la Coordinación, la designación de jurados y las bases para los concursos internos o abiertos para la selección de los aspirantes a los elencos artísticos para los programas permanentes y/o temporales.
7. Evaluar y proponer los criterios para la selección de las distintas modalidades para el ingreso a los eventos, pudiendo éstos ser gratuitos, de valor simbólico o valor de localidades, entre otros.
8. Proponer el número de localidades sin cargo que se serán entregadas a los coparticipantes de los distintos eventos.
9. Estudiar y elevar a consideración de la Coordinación, los reglamentos internos de trabajo del personal a su cargo, así como sus modificaciones.
10. Elaborar y elevar el anteproyecto de presupuesto anual.
SECRETARÍA DEL COMPLEJO PROVINCIAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
DIRECCION DE LA COMEDIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ACCIONES
1. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar el plan de actividades de acuerdo con las pautas emanadas de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
2. Establecer pautas y criterios para la elaboración de planes de capacitación artística, dirigidos a los habitantes de la Provincia.
3. Proponer y evaluar los programas temporales a realizarse por las áreas que la componen.
4. Proponer y evaluar la participación del personal en acciones de capacitación y perfeccionamiento.
5. Evaluar y controlar el cumplimiento de los distintos programas aprobados por la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
6. Proponer la asignación y/o afectación del personal artístico y técnico, a la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, para la ejecución de los distintos programas o eventos.
7. Proponer y elevar a consideración de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, la designación de jurados y las bases para los concursos internos o abiertos para la selección de los aspirantes a los elencos artísticos para los programas permanentes y/o temporales.
8. Evaluar y proponer los criterios para la selección de las distintas modalidades para el ingreso a los eventos, pudiendo éstos ser gratuitos, de valor simbólico o valor de localidades, entre otros.
9. Proponer el número de localidades sin cargo que se serán entregadas a los coparticipantes de los distintos eventos.
10. Estudiar y elevar a consideración de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, los reglamentos internos de trabajo del personal de la dependencia, así como sus modificaciones.
11. Elaborar y elevar el anteproyecto de presupuesto anual.
SECRETARÍA DEL COMPLEJO PROVINCIAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO AUDITÓRIUM
Y SALA “ROBERTO PAYRÓ”
ACCIONES
1. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar el plan de actividades de acuerdo con las pautas emanadas de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
2. Programar y proponer la temporada artística, de acuerdo a las pautas fijadas por la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas.
3. Organizar e implementar los programas y cursos de acción necesarios para promoción de la actividad artística teatral en todas sus manifestaciones.
4. Promover la programación de actividades a realizar en el Teatro Auditórium y en la Sala “Roberto Payró”, y asimismo proponer la contratación de espectáculos para cada temporada.
5. Proponer y elevar a consideración de la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, la designación de jurados y las bases para los concursos internos o abiertos para la selección de los aspirantes a los cuerpos artísticos estables.
6. Proponer la asignación y/o afectación del personal artístico, técnico, auxiliar artístico, administrativo, de mantenimiento y servicios generales, a la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, para la ejecución de los distintos programas o eventos.
7. Proponer a la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, los precios de las localidades para las distintas funciones programadas.
8. Evaluar y proponer la participación del personal en acciones de capacitación y perfeccionamiento.
9. Evaluar y proponer los criterios para la selección de las distintas modalidades para el ingreso a los eventos, pudiendo éstos ser gratuitos, de valor simbólico o valor de localidades, entre otros.
10. Seleccionar y proponer los contratos en participación con artistas y empresarios.
11. Elaborar y elevar a la Secretaría Del Complejo Provincial De Las Artes Escénicas, el anteproyecto de presupuesto anual de la dependencia.