LEY 10813

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

 

ARTICULO 1.- Transfiérase el dominio del Partido Justicialista de la Provincia de Buenos Aires, a título gratuito, el inmueble inscripto a nombre del Fisco de la Provincia de Buenos Aires, ubicado en la calle Boulevard Villegas N° 150/58 de la ciudad de Trenque Lauquen, cuya designación catastral corresponde a la Circunscripción I, Sección A, Manzana 52, Parcela 13, Matrícula 3755, Trenque Lauquen (107).

 

ARTICULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar la respectiva escritura traslativa de dominio por ante la Escribanía General de Gobierno.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.