Fundamentos de la

Ley 10810

 

 

            Al modificarse el Reglamento Interno de la H. cámara de Senadores, en lo atinente al número de comisiones de la misma, la Comisión de Presupuesto y Hacienda, se eliminó, creándose las Comisiones de “Presupuesto e Impuestos” y la de “Hacienda”.

            Por tanto, el artículo 3 de la Ley 10.728 “Presupuesto de la H. Cámara de Senadores para el ejercicio 1988” debe ser modificado en su redacción ya que la Comisión de Presupuesto y Hacienda allí mencionada, no existe. Por otra parte, es competencia de la Comisión de Presupuesto e Impuestos lo atinente a las notificaciones que el mencionado artículo dispone.

            Es por lo expuesto, que se solicita de esta H. Cámara la aprobación del presente Proyecto de Ley..