Fundamentos de la Ley 10565
Desde el advenimiento de la democracia, en diciembre de 1983, muchos han sido los intentos legislativos tendientes a mejorar el sistema provisional, logrando para los integrantes de la clase pasiva sensibles respuestas a los requerimientos de los hombres y mujeres de esta Provincia pertenecientes al sector. Es sabido que históricamente muchas veces los mismos han sido dejados de lado sin tener en cuenta que durante toda su vida o gran parte de ella prestaron valiosos servicios y tienen derecho a disfrutar en paz y sin sobresaltos, su etapa de jubilados, justo precio a tanta abnegación. Todos los meses es dable ver, largas filas, que frente a los bancos forman los jubilados y pensionados, en la espera del cobro de sus respectivos beneficios, debiendo sufrir todo tipo de inclemencias, generalmente a la intemperie: vientos, lluvias, el frío intenso o el calor abrasador según las épocas del año. A esto debemos agregar el agravante de que muchos de ellos padecen deficiencias físicas, propias de la avanzada edad, que dificultan o hacen penoso el desplazamiento, y hacen insoportable el argo tiempo que tienen que permanecer de pie. Dificultades éstas, que no merecen de ninguna manera, pues ya largo fue su aporte de trabajo y de sacrificio en bien de la comunidad. La creación del régimen optativo para la percepción de haberes propuesta en este proyecto de ley, tiende a lograr una sustancial modificación que beneficiará a los pasivos. Consideramos que mediante el presente proyecto se contribuye a disminuir en gran parte las dificultades apuntadas, ya que se agilizará el cobro y a su vez, el beneficiario tendrá oportunidad de concurrir en cualquier momento a la casa bancaria para efectuar la extracción que considere, con la seguridad de que su haber jubilatorio está a su disposición a partir del día de cobro, con más la garantía que implica, el hecho de tenerlo en una caja de ahorro personal. La particularidad de ser optativo el ingreso o la salida del sistema le facilitará a los pasivos, su mejor manejo, con garantía total de cobro. Siendo un tema de solidaridad social y pensando en la mayor comodidad de nuestros jubilados y pensionados es que solicitamos la sanción del presente proyecto de ley.
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