DECRETO 1052/2021

LA PLATA, 22 de Noviembre de 2021

VISTO el expediente EX-2020-25511687-GDEBA-HLDAMMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se propicia incorporar a la Planta Permanente de la Carrera Profesional Hospitalaria - Ley Nº 10.471 al agente Néstor Osvaldo OJEDA, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 14.153, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 14.153 dispuso incorporar con carácter excepcional y por única vez, en el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a la Planta Permanente de la Carrera Profesional Hospitalaria - Ley N° 10.471, al personal profesional que haya sido designado como interino en virtud del artículo 47 de la citada ley y sus normas modificatorias, por acto administrativo emanado de autoridad competente a la fecha de entrada en vigencia de la citada ley; y a los/as profesionales becarios/as que al 1° de abril de 2010 cuenten con una antigüedad de dos (2) años en dicho carácter, desarrollando alguna de las actividades comprendidas en el artículo 3° de la mencionada ley y sus normas modificatorias en el Ministerio de Salud, contando con la certificación emanada de autoridad competente y que cumplan todos los requisitos para la admisibilidad establecidos en la normativa precitada;

Que, en virtud de ello, se gestiona la incorporación, a partir del 5 de septiembre de 2010, del ingeniero Néstor Osvaldo OJEDA, en la Planta Permanente de la Carrera Profesional Hospitalaria - Ley Nº 10.471, en el grado de asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Local General de Agudos “Dr. Arturo Melo”, de Remedios de Escalada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien revistaba en la fecha señalada como becario;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Incorporar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 5 de septiembre de 2010, al Ingeniero Néstor Osvaldo OJEDA (DNI N° 11.877.505 – Clase 1956) en la Planta Permanente de la Carrera Profesional Hospitalaria - Ley Nº 10.471, en el grado de asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor (artículo 25 de la Ley N° 10.471, modificado por el artículo 2° de la Ley N° 10.678), en el Hospital Local General de Agudos “Dr. Arturo Melo”, de Remedios de Escalada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien revistaba como becario en la citada jurisdicción, conforme lo establecido por la Ley N° 14.153.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro, Pablo Julio López, Ministro, Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.