Fundamentos de la

Ley 10772

 

            Se somete a consideración de ese Honorable Cuerpo el adjunto Proyecto de Ley aprobatorio del Convenio Argentino y el de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 7 de diciembre de 1988, para la provisión de agua potable y otras obras de saneamiento en localidades de hasta treinta mil, (30.000) habitantes ubicadas en jurisdicción de nuestra provincia.

            Básicamente, se ha convenido que la Nación, por intermedio del Servicio Nacional de agua Potable y Saneamiento Rural, brindará a la provincia asesoramiento en aspectos de Ingeniería Sanitaria, administración, contables, jurídicos y sociales para la realización de las obras que de común acuerdo se programen. Por su parte, la Provincia asegura la estructura y funcionamiento de un órgano encargado de la aplicación de los programas en su jurisdicción a través del Servicio Provincial de agua Potable y Saneamiento Rural.

            Asimismo, se ha celebrado mediante el Acuerdo Adicional cuya aprobación también se somete a Vuestra Honorabilidad, el convenio para la aplicación de los fondos provenientes del Préstamo 545/OCAR del Banco Interamericano de Desarrollo para contribuir en el financiamiento de la V Etapa del Plan Nacional de Agua Potable.

            Atento la importancia y trascendencia del mencionado Plan, en cuanto tiende a solucionar los graves problemas de origen hídrico que aquejan a la población, y a efectos de contar con el instrumento idóneo que posibilite la concreción de los objetivos perseguidos, se solicita la sanción del Proyecto de Ley que se adjunta.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.