LEY 8319
Donando a la Municipalidad de San Vicente fracción de tierra expropiada en la localidad de Donselaar.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de tierra ubicada en la localidad de Donselaar, Partido de San Vicente, delimitada por las calles General Belgrano, A. Storni, avenida Libertador General San Martín y Ruta Nacional 210, denominadas anteriormente con los siguientes nombres respectivamente: De la Estación, Franceses, Amsterdam e Italianos, y cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción III, Sección E, Manzana 421, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar a la Municipalidad de San Vicente la fracción de tierra declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación por el artículo anterior, con cargo de construir en ella un paseo público que se denominará “Plaza San Martín”.
ARTÍCULO 3.- Los fondos que demande el lineamiento y construcción de la plaza, estarán a cargo de la Municipalidad de San Vicente.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.