FUNDAMENTOS DE LA LEY 10510
HONORABLE LEGISLATURA:
El Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires tiene el agrado de dirigirse a Vuestra Honorabilidad con el fin de elevar a vuestra consideración el presente proyecto de ley.
La norma cuya sanción se propicia se refiere a las explotaciones porcinas, atento la importancia que reviste todo lo relacionado en materia de sanidad animal, más aun si tenemos en cuenta que la producción pecuaria bonaerense contribuye en gran medida al desarrollo nacional. Se clasifica la explotación porcina, (cabaña, criadero, acopiadero o invernadero); sistemas de producción (extensivo, semi-extensivo o mixto e intensivo); y modos de contemplar los aspectos higiénicos, sanitarios y productivos de dicha actividad, mejorando la cantidad y calidad de los productos que se ofrecen al consumidor.
Con el presente proyecto de ley se posibilita el Estado provincial contar con una norma legal dinámica y actualizada, que le permita un rápido accionar, teniendo en cuenta al productor y a la explotación porcina modernamente encarada.
Teniendo en cuenta la importancia que reviste normalizar dentro del territorio bonaerense la actividad de las explotaciones porcinas y el procedimiento como deben desarrollarse las mismas, se solicita la aprobación del mismo, conforme con lo establecido por el artículo 132 inciso 10 de la Constitución Provincial.
Dios Guarde Vuestra Honorabilidad.