Fundamentos de la

Ley 10222

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

            El proyecto de ley que se somete a consideración de ese Honorable Cuerpo tiene como finalidad reimplantar el artículo 22 del Decreto-Ley 8.071 que fuera sustituido por el Decreto-Ley 9.141/78 en oportunidad de efectuarse la supresión de cuatro (4) consejos zonales. El Consejo Vial Intermunicipal solicita la reforma referenciada con la finalidad de adecuar el número de consejos zonales al número de zonas camineras, doce (12) que reimplantó el Poder Ejecutivo para la Dirección de Vialidad mediante el dictado del Decreto 1.174/84.

            Lo solicitado cuenta con la aprobación del ministro de Obras y Servicios Públicos; y encuentra su fundamento en la necesidad de aumentar el número de consejos zonales, con forme fueran implementados originalmente por el artículo 22 del Decreto-Ley 8.071. La restitución que se propone a ese Honorable Cuerpo, lleva como definida intención que el mismo guarde equivalencia con las zonas camineras con que la Dirección de Vialidad divide la provincia de Buenos Aires para su mejor desenvolvimiento; evitando de esta manera posibles conflictos entre estas dos instituciones respecto a los municipios que las integran, posibilitando un accionar uniforme.

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.