DECRETO 723/2021

LA PLATA, 10 de Septiembre de 2021

VISTO el expediente EX-2021-09607820-GDEBA-OPNYAMDCGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, por el cual tramita la asignación de horas cátedra a Lorena Gisel GALLARDO DE LA CANAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente se propicia la asignación de ocho (8) horas cátedra a Lorena Gisel GALLARDO DE LA CANAL, en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional -, Nivel de Enseñanza Media, Profesora de Educación Física, a partir del 20 de abril de 2021, en el Centro de Recepción La Plata;

Que sobre el particular se ha expedido la Junta de Clasificaciones -mediante Acta N° 42, con fecha 22 de abril de 2021- estimando pertinente dar curso favorable a la presente gestión;

Que para atender la gestión que se impulsa se utilizará la vacante producida por la aceptación de la renuncia de María Antonela GIRARDI, instrumentada mediante Resolución N° 75/16 de la citada jurisdicción;

Que, conforme a la tipificación del Centro de Recepción La Plata, corresponde otorgar a Lorena Gisel GALLARDO DE LA CANAL la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios;

Que la Dirección de Enlace Administrativo informa el gasto y la imputación presupuestaria correspondientes;

Que la presente gestión se efectúa de conformidad con los términos del artículo 107 de la Ley N° 10.579 -Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires-, y de los artículos 17, 18 y 19 del Decreto N° 6583/88, reglamentario de la Ley N° 10.648 -Carrera del Personal Docente de la Minoridad-, y Decreto N° 6166/89;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Asignar en la Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, Dirección Provincial de Educación, Supervisión y Articulación Interinstitucional, Dirección de Educación, Estudios y Planificación, en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional -, Nivel de Enseñanza Media, Profesora en Educación Física, ocho (8) horas cátedra, a partir del 20 de abril de 2021, para desempeñarse en el Centro de Recepción La Plata, a Lorena Gisel GALLARDO DE LA CANAL (DNI N° 22.863.560 - Clase 1972), a quien se le otorga la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°. Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión, con cargo a la partida presupuestaria que se detalla: Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Unidad Ejecutora 203, PRG 015, ACT 003, SP 001, Finalidad 3, Función 2, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 1, Partida Principal 2, Régimen Estatutario 02, Agrupamiento Ocupacional 17, Ubicación Geográfica 999, Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15.225.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Andres Larroque                                           Carlos Alberto Bianco                                                   Axel Kicillof

Ministro de Desarrollo de la Comunidad       Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros           Gobernador