DECRETO 1891/2022
LA PLATA, 28 de Noviembre de 2022
VISTO el expediente EX-2022-25041170-GDEBA-DPRYRMSALGP y expediente de tramitación conjunta del Ministerio de Salud, por los cuales se gestiona la aceptación de la renuncia de Mario Daniel DÍAZ al cargo de Director Asociado del Hospital Zonal Especializado de Oncología “Don Luciano Fortabat”, de Olavarría, y su designación como Director Asociado del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria IX, y
CONSIDERANDO:
Que Mario Daniel DÍAZ presentó la renuncia, a partir del 31 de agosto de 2022, al cargo de Director Asociado del Hospital Zonal Especializado de Oncología “Don Luciano Fortabat”, de Olavarría, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designado por Decreto Nº 858/2020;
Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que el agente saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, asimismo, se gestiona la designación, a partir del 1° de septiembre de 2022, de Mario Daniel DÍAZ como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, en el Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria IX, dependiente de la Dirección Provincial de Redes y Regiones de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud;
Que la vacante del cargo surge de la aceptación de la renuncia, a partir del 30 de abril de 2022, de Norma Graciela ÁLVAREZ MORELLO, concretada mediante Decreto N° 724/2022;
Que, a su vez, se deja establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73 (Texto según Ley N° 13.644), ha verificado la concurrencia de los requisitos exigidos en el artículo 2° inciso b) de la citada norma, propiciando la excepción de incompatibilidad realizada por Mario Daniel DÍAZ con relación al cargo que ostenta en el Hospital Municipal “Doctor Héctor M. Cura”, dependiente de la Municipalidad de Olavarría;
Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;
Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 31 de agosto de 2022, la renuncia presentada por Mario Daniel DÍAZ (DNI N° 33.109.869 - Clase 1987) como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal Especializado de Oncología “Don Luciano Fortabat”, de Olavarría, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designado por Decreto N° 858/2020, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, y en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1° de septiembre de 2022, a Mario Daniel DÍAZ (DNI N° 33.109.869 - Clase 1987) como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria IX, dependiente de la Dirección Provincial de Redes y Regiones de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.
ARTÍCULO 3°. Hacer lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por Mario Daniel DÍAZ (DNI N° 33.109.869 - Clase 1987) con relación al cargo que posee en el Hospital Municipal “Doctor Héctor M. Cura”, dependiente de la Municipalidad de Olavarría, de conformidad con la verificación efectuada por la Dirección Provincial de Hospitales sobre la concurrencia de los requisitos exigidos en el artículo 2° inciso b) del Decreto-Ley N° 8078/73 (Texto según Ley N° 13.644).
ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador