DECRETO 481/2024

LA PLATA, 16 de Mayo de 2024

VISTO el expediente EX-2023-11210758-GDEBA-HZGADAEBMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Gabriela Fabiana BENITO en el Hospital Zonal General de Agudos “Doctor Alberto Edgardo Balestrini” de Ciudad Evita Partido de La Matanza, y

CONSIDERANDO:

Que, atento lo establecido por Resolución N° 3526/22 del Ministerio de Salud y sus modificatorias y la Disposición Nº 285/22 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio de Salud, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, un (1) cargo de Médico/a Asistente – Especialidad: Pediatría – Clínica Pediátrica, con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Doctor Alberto Edgardo Balestrini” de Ciudad Evita Partido de La Matanza;

Que conforme el Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Gabriela Fabiana BENITO, en el orden de mérito definitivo correspondiente al proceso de concurso llevado a cabo para cubrir el cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;

Que, en virtud de los resultados alcanzados, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 5 de diciembre de 2022, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar por el presente, a partir del 5 de diciembre de 2022, la designación con carácter interino de la Dra. Gabriela Fabiana BENITO, en idénticos cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución N° 4837/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto N° 12/24;

Que la citada agente se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;

Que la Dirección Provincial de Hospitales en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, Texto según Ley N° 13.644, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad realizada por Gabriela Fabiana BENITO con relación al cargo que posee en la Municipalidad de Ezeiza, a partir del 5 de diciembre de 2022;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Técnicos y Asesoramiento, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión promovida se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y sus modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b), 26 y 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 5 de diciembre de 2022, a Gabriela Fabiana BENITO (DNI N° 22.400.245 – Clase 1971), como Médica – Especialidad: Pediatría, en el grado de Asistente, con carácter interino y con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Doctor Alberto Edgardo Balestrini” de Ciudad Evita Partido de La Matanza, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, quien fuera oportunamente designada mediante Resolución N° 4837/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 5 de diciembre de 2022, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley Nº 10.471, a Gabriela Fabiana BENITO (DNI N° 22.400.245 – Clase 1971), como Médica – Especialidad: Pediatría, en el grado de Asistente y con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Zonal General de Agudos “Doctor Alberto Edgardo Balestrini” de Ciudad Evita Partido de La Matanza, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 26 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, exceptuando la medida de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por la profesional mencionada en el artículo precedente, con relación al cargo que posee en la Municipalidad de Ezeiza, a partir del 5 de diciembre de 2022.

ARTÍCULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a la prórroga del Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394, aprobada por Decreto N° 12/2024, de acuerdo al siguiente detalle Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 20 – Subprograma: 2 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 427 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Economía y de Gobierno.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.