DECRETO 3395/2024

LA PLATA, 14 de Diciembre de 2024

VISTO el expediente EX-2024-38239615-GDEBA-DDPRYMGEMSGP del Ministerio de Seguridad, mediante el cual se propicia fijar el importe diario en concepto de viático destinado al personal de esa jurisdicción que resulte comisionado en el marco del “Operativo de Sol a Sol 2025” y demás operativos que se realicen durante el año 2025 en el territorio de la Provincia, y

CONSIDERANDO:

Que, en función de las acciones previstas para la temporada estival de 2025 -cuyo inicio operativo está programado para el 15 de diciembre de 2024-, las cuales requieren un desplazamiento masivo de personal civil, policial y de cadetes y cadetas del Ministerio de Seguridad con el objetivo de brindar protección y asistencia a la ciudadanía en los centros turísticos del territorio provincial, y sin perjuicio de las políticas de austeridad y eficiencia en el gasto público; corresponde disponer un incremento en el importe de los viáticos destinados al personal comisionado en dichas tareas, previamente establecidos por el Decreto N° 92/23 B;

Que resulta procedente adoptar medidas idénticas respecto de los restantes operativos a realizarse durante 2025, siempre que exijan la movilización masiva del mencionado personal, de acuerdo con el cronograma anual de feriados nacionales, días no laborables y feriados turísticos establecidos o que establezcan el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, incluyendo el período de receso escolar invernal;

Que se han expedido la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Seguridad, la Dirección Provincial de Personal, la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, todas de la Secretaría General, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda, la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística y la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, todas ellas dependientes del Ministerio de Economía;

Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Establecer, a partir del 15 de diciembre de 2024 y hasta el 31 de enero de 2025, un importe diario en concepto de viático de pesos cuarenta y cuatro mil veintiséis ($44.026,00) y, a partir del 1° de febrero de 2025, de pesos cincuenta mil ($50.000,00), para el personal civil y policial dependiente del Ministerio de Seguridad, sin distinción de jerarquía, categoría ni escalafón, comisionado en el marco del “Operativo de Sol a Sol 2025" y de los restantes operativos a realizarse en el territorio provincial, siempre que ellos demanden la movilización masiva del mencionado personal, de acuerdo con el cronograma anual de feriados nacionales, días no laborables y feriados con fines turísticos establecidos o que establezcan el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, incluyendo el periodo de receso escolar invernal.

ARTÍCULO 2°. Establecer que el importe diario en concepto de viático para los cadetes y las cadetas del Ministerio de Seguridad que realicen prácticas profesionalizantes en el marco del "Operativo de Sol a Sol 2025" y de los restantes operativos a realizarse en el territorio provincial, será equivalente al cincuenta por ciento (50%) de los montos determinados en el artículo 1°, aplicable siempre que dichos operativos demanden la movilización masiva del referido personal, conforme al cronograma anual de feriados nacionales, días no laborables y feriados con fines turísticos establecidos o que determinen el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, incluyendo el período de receso escolar invernal.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad, de Economía y de Gobierno.

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, y al SINDMA. Cumplido, archivar.

 

Eduardo Javier Alonso, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.