LEY 5472
Monumento a los héroes caídos en el combate de «San Antonio», en el Partido de Juárez.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de cincuenta mil pesos moneda nacional (50.000m/n), destinados a erigir, en el Partido de Juárez, frente a la Estancia "San Antonio" y en el cruce de los caminos que conducen a Bahía Blanca y a Necochea, un monumento que perpetúe la memoria de los jefes y soldados del ejército de Buenos Aires que perecieron en el combate librado contra los indios el 13 de Septiembre de 1855.
ARTÍCULO 2.- Los restos humanos que se guardan en el interior de la Estancia "San Antonio" en una fosa común, serán trasladados y depositados al pie del monumento.
ARTÍCULO 3.- Del estudio intitulado "El drama de San Antonio de Iraola - 13 de Septiembre de 1855", de que es autor el profesor doctor Antonino Salvadores y cuyos derechos cede gratuitamente a la Provincia, se mandará imprimir un folleto en número de diez mil ejemplares para distribuirlo a los niños de las escuelas de Juárez, cuyo costo se computará en la cantidad asignada por el artículo 1º.
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de esta Ley se pagará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.