Fundamentos de la

Ley 11596

 

HONORABLE LEGISLATURA:

            Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad, el adjunto proyecto de ley a través del cual se aprueba la II Etapa del Plan de Obras Distritales, cuya primera etapa se está llevando a cabo en cumplimiento de lo determinado por la Ley 11.423, determinándose su continuidad con las modificaciones y adecuaciones que se introducen por la presente iniciativa.

            Los recursos financieros provenientes del empréstito autorizado por la Ley 11.376, asignados por la Provincia de acuerdo a pautas de distribución emergentes de la Ley 11.399, imponen la materialización de nuevas obras mediante la instrumentación de una Segunda Etapa de ese plan específico, de acuerdo a las necesidades de cada distrito.

            En esa inteligencia y en función del firme propósito del gobierno provincial de consolidar las políticas de desarrollo y crecimiento armónico de pueblos y ciudades bonaerenses, otorgando una mejor calidad de vida para sus comunidades, los municipios del interior han elaborado de manera consensuada con la Provincia, entidades intermedias y fuerzas vivas locales, la Segunda Etapa de Obras del Plan de Reconstrucción para el Interior Bonaerense, cuya aprobación se solicita a Vuestra Honorabilidad.

            Por los motivos expuestos se requiere la pronta sanción del proyecto que se acompaña.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.