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Fundamentos de la Ley 11416
HONORABLE LEGISLATURA:
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Honorabilidad, con el objeto de remitir un proyecto de ley por el cual se propia la desafectación de uso público de los predios identificados catastralmente como circunscripción IV, sección rural, parcelas 61-m y 61-k del partido de Ensenada. La Asociación Mutualista de Empleados del Ministerio de Obras Públicas solicitó a este Poder Ejecutivo la desafectación de dichas parcelas. Las mismas son ocupadas desde el año 1952 donde funciona el camping de la institución, que cuentas con importantes instalaciones no precarias y que mejoran notablemente la zona. Las aludidas fracciones tienen su origen en el relleno artificial realizado por el personal de la citada entidad a ganado espacio sobre el lecho del Río de la Plata y configurando “un aluvión artificial” (artículo 2572 del Código Civil) perteneciendo por lo tanto, al dominio público de la provincia de Buenos Aires. Atento lo expuesto, este Poder Ejecutivo estima que el presente proyecto de ley habrá de merecer la aprobación de esa Honorable Legislatura. Dios guarde a vuestra Honorabilidad.
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