Fundamentos de la
Ley 11935
Mediante el presente proyecto de ley, se pretende la
modificación de la profundidad mínima del dibujo en 1,2 milímetros
prevista en el inciso 1) del artículo 20 de la Ley 11.430 (texto ordenado), por cuanto dicha
normativa no tiene concordancia con lo dispuesto en la Ley Nacional de
Tránsito 22.449; en la
Norma IRAM 113.337/93 y por los países miembros del
MERCOSUR, en su resolución 65/95 -G.M.C- que
establecen en forma unánime fijar en 1,6 milímetros la
profundidad límite en los canales de la zona central de la banda de
rodamiento del neumático para automotores, camionetas, utilitarios,
microómnibus, ómnibus, camiones y sus acoplados.
En igual sentido se reduce en 1 milímetro y 0,5 milímetros
para las motocicletas y ciclomotores, respectivamente.
Los fundamentos expuestos, me llevan a necesitar de los
señores legisladores la aprobación del presente proyecto.
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