Fundamentos de la

Ley 11122

 

            La posibilidad de contribuir a una causa tan justa y digna como la que impulsan el presente proyecto de ley es sin dudas un privilegio del espíritu.

            No puede este Honorable Cuerpo permanecer indiferente ante el justo reclamo de toda la comunidad de Monte respecto de la necesidad de dotarla de un hospital comunal.

            Es este único caso en la provincia de Buenos Aires, en el que una comuna tan importante no tiene hospital propio, con las consecuentes y graves dificultades que ello acarrea.

            Es menester destacar asimismo, que en los últimos tiempos el actual hospital Videla Dorna, de carácter privado, ha sido fuente de numerosos conflictos internos, producto de los cuales, se ha visto notoriamente perjudicado la prestación de servicios a la comuna de Monte.

            A ellos debe adicionarse la circunstancia de que la totalidad de los bienes, aparatos e instrumentos han sido aportado por el Estado.

            Este proyecto entonces, lejos de distorsionar los objetivos de este gobierno, tiende a afianzar aquellos valores indelegables de un estado moderno, entre los cuales se cuenta la Salud Pública.

            En este sentido, además se ha hecho llegar a este Honorable Senado, la firma de aproximadamente cinco mil ciudadanos de Monte en apoyo de este proyecto. También se ha recibido el indudable apoyo de instituciones fundamentales de dicha comuna.

            A todo ello debemos sumarle la gestión inclaudicable de sus representantes políticos y la firma intención de la comuna de hacerse cargo a través de mecanismos legítimos de los gastos que irrogue la expropiación y su futuro mantenimiento y engrandecimiento.

            Es por todas las razones expuestas, y las que se obvian por razones de brevedad, que solicitamos a los señores senadores nos acompañen con su voto favorable en el presente proyecto de ley.