Fundamentos de la Ley 12127

 

 

La ciudad de Pergamino, en reiteradas oportunidades, sufrió fuertes inundaciones que afectó a muchos vecinos de la comunidad.

En efecto, familias completas principalmente humildes, vieron como ante sus ojos sus viviendas eran destruidas por los desbordes del Arroyo Pergamino. Con ellos, también perdieron todas sus pertenencias.

A raíz de la catástrofe, el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires, a través del Instituto Provincial de la Vivienda, instrumentó planes de emergencia para otorgar a los damnificados 100 unidades habitacionales modulares.

Los adjudicatarios de estas sencillas viviendas, son en la actualidad familias humildes, que sufren en profundidad los problemas de desempleo existentes en la región, por los cual no ha podido pagar las cuotas mediante las cuales el Estado ha financiado el precio de las mismas.

Por las sintéticas razones anteriormente expuestas, y en cumplimiento del Artículo 36 inciso 7 de la Constitución provincial que garantiza el acceso a vivienda a todos los habitantes de la Provincia, es que solicito a los señores senadores que acompañen el presente proyecto con su voto positivo.