Fundamentos de la Ley 12866

 

 

 

            Las circunstancias y motivos que en su oportunidad dieron fundamento a la Ley 12.303 por la que se dispuso la suspensión de los trámites y acciones de ejecución de deuda y desalojo contra los quinteros del parque Pereyra Iraola se mantienen en la actualidad.

            Es más, no se han cumplimentado hasta el presente algunos de los requerimientos de dicha norma en orden a comprobarse la efectiva utilización de las tierras por los beneficiarios con destino a producción hortícola y/o de granja, como asimismo en cuanto a la determinación fehaciente de la titularidad de los contratos de arrendamiento, quienes habitan las parcelas, quienes desarrollan las explotaciones previstas en los contratos, etc.

            En consecuencia, habiendo vencido el período de aplicación de la Ley 12.303 y sus prórrogas, se impone entonces reestablecer la vigencia de dicha normativa mediante la sanción de un nuevo texto, similar al que nos ocupa, a los efectos de colocar a los productores beneficiarios de aquella iniciativa en las mismas condiciones en que se encontraban durante su vigencia.

            Por las razones expuestas descuento la aprobación del presente proyecto por este honorable Cuerpo.