Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Resolución N° 188
VISTO el expediente 2171-10286/14, mediante el cual se
gestiona la aprobación del Acta Acuerdo de Cooperación en el marco del Programa
de Fortalecimiento Comunitario para
CONSIDERANDO:
Que a tenor de
Que a través del Programa y Acta Acuerdo de Cooperación que por este acto se aprueban, se promueve el diseño de proyectos socio comunitarios a nivel barrial - local, en los ejes inclusión social, prevención y acompañamiento en estrategias terapéuticas de atención y, el fortalecimiento y acompañamiento de Organizaciones, a presentar por instituciones y Municipios;
Que en la implementación del Proyecto las instituciones y Municipios han de afectar la estructura, recursos humanos y materiales suficientes para el logro de los objetivos propuestos, destinados a niños, niñas y adolescentes de hasta dieciocho (18) años de edad en situación de vulnerabilidad, que se incorporen espontáneamente o por derivación de los efectores territoriales del Sistema de Promoción y Protección de Derechos;
Que, asimismo se comprometen a promover el pleno goce de los derechos de niños, niñas y adolescentes, su desarrollo integral como sujetos de derecho en el ámbito de sus familias y comunidades de pertenencia, asegurándole protección y cuidados necesarios en concordancia y respeto con los deberes - derechos de sus padres, tutores u otras personas responsables de ellos ante la ley;
Que
Que, conforme lo dispuesto en el Decreto N° 4.619/13 y dentro de los noventa (90) días de la recepción de la subvención, cada institución deberá mediante formulario que como Anexo II forma parte de la presente, rendir cuenta documentada de la correcta aplicación de los fondos, identificando los comprobantes contables que respaldan los egresos con ajuste a los términos impuestos en el Anexo III, mientras que cada Municipio hará lo propio ante el Honorable Tribunal de Cuentas Provincial;
Que el Acuerdo tendrá una vigencia de doce (12) o veinticuatro (24) meses, pudiendo ser prorrogado de manera automática por iguales períodos, siempre que no medie expreso pedido en contrario por cualquiera de las partes, previo aviso y con una antelación de por lo menos noventa (90) días a la fecha de expiración del plazo por telegrama colacionado u otro medio de notificación fehaciente;
Que han tomado debida intervención
Que a fojas 27, en el marco de lo prescripto por el
Decreto N° 626/08 interviene
Que ha dictaminado
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades
conferidas por
Por ello,
EL SECRETARIO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO
COMUNITARIO PARA
ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, notificar al señor
Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a
Pablo Gabriel Navarro
Secretario de Niñez y Adolescencia
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROGRAMAS Y PROMOCIÓN COMUNITARIA
Proyecto de Programa de Fortalecimiento Comunitario
Proceso de Diagnóstico y re adecuación de proyectos
Introducción
A partir del año 2003
En este contexto, el fortalecimiento de la articulación
con los Gobiernos Municipales y las Organizaciones de
Con ello, promoviendo la organización social como herramienta de transformación, se prevé que la inmediatez territorial de la gestión, resulte factor determinante para que las Políticas Públicas impacten positiva y directamente en sus destinatarios los niños, niñas y adolescentes, sus familias y comunidades de toda la provincia de Buenos Aires.
En ese contexto, el presente se promueve como documento de
gestión del Programa de Fortalecimiento Comunitario para
1. Inclusión Social.
2. Prevención y acompañamiento en estrategias terapéuticas de Atención.
3. Fortalecimiento y acompañamiento de Organizaciones.
DESCRIPCIÓN DE LOS EJES PROPUESTOS PARA
Se financiarán proyectos que se propongan objetivos en los siguientes ejes de trabajo Inclusión Social: Se trata de promover experiencias barriales de trabajo con niños y jóvenes que se propongan abordar procesos de inclusión social. Desde este eje se promueven aquellas iniciativas que las organizaciones sociales desarrollan en el ámbito barrial, para acompañar procesos de inclusión a políticas públicas, garantizando el acceso a derechos.
Estos proyectos deberán contener un componente de trabajo interdisciplinario que permita garantizar el desarrollo de recursos subjetivos en niños y adolescentes, necesarios para sostener procesos de inclusión social y acceso a derechos.
Las instituciones podrán proponer acciones concretas destinadas a niños, adolescentes y jóvenes que permitan fortalecer lazos de inclusión a la educación, y al mundo del trabajo, a través de la formación y capacitación; promoviendo el acceso a políticas, al desarrollo de capacidades expresivas y cognitivas que signifiquen la ampliación de horizontes simbólicos, así como un desarrollo pleno de la subjetividad.
Desde este eje se financiarán proyectos y estrategias preventivas y de fortalecimiento de la identidad que trabajen con los niños, niñas y adolescentes, las familias o grupos de pertenencia en la comunidad, creando redes de contención ante situaciones conflictivas que podrían derivar en la expulsión de los niños de sus lugares de origen.
Desde este eje se priorizarán proyectos en dos categorías:
Inclusión Educativa, y Formación para el trabajo.
Comunicación, Arte, Cultura y Deportes.
2. Prevención y acompañamiento en estrategias terapéuticas de atención: En este eje se podrán proponer, proyectos que brinden atención a niños, niñas y adolescentes, en situación de vulnerabilidad, con un abanico de modalidades y espacios de protección y promoción de derechos que promuevan procesos de inclusión socio-comunitaria, en los que debe prevalecer una metodología que contemple ir al encuentro de problemáticas específicas, validando la calle como espacio de abordaje.
Desde este eje se financiarán proyectos y estrategias preventivas y de fortalecimiento de la identidad que trabajen con las familias o grupos de pertenencia en la comunidad, creando redes de contención ante situaciones conflictivas.
Fortalecer además experiencias y proyectos que persigan
objetivos vinculados a
Se promueven proyectos que brinden acompañamiento de las estrategias terapéuticas desplegadas por los efectores competentes- mediante asistencia integral y acompañamiento profesional interdisciplinario a niños, niñas y adolescentes cuya situación de vulnerabilidad se asocia a sus capacidades, problemas de adicciones, maltrato y violencia.
Desde este eje se priorizarán proyectos en dos categorías:
Abordaje, promoción y atención de derechos de niños y jóvenes con derechos vulnerados a causa de la precariedad o conflictividad de sus vínculos familiares y comunitarios, fortaleciendo los mismos en las áreas psicológica y social.
Atención y promoción de derechos de niños y jóvenes víctimas de maltrato infantil (violencia familiar y/o abuso sexual entre otros) o cuya situación de vulnerabilidad se asocia con sus capacidades especiales o problemas de adicciones; en las áreas psicológica, social y legal.
3. Fortalecimiento y acompañamiento de Organización: Se podrá financiar proyectos de capacitación, acompañamiento, fortalecimiento, seguimiento y monitoreo de organizaciones sociales, religiosas y gubernamentales que atiendan problemáticas de niñez y adolescencia.
Desde este eje se promueve el fortalecimiento de organizaciones sociales, a partir del financiamiento de propuestas que partan de organizaciones reconocidas por su fuerte expertiz e impacto efectivo en el abordaje de temáticas específicas.
Este eje promueve el diálogo de saberes, el intercambio y transferencia de experiencias cuyo impacto ha sido probado y reconocido para replicar en diferentes territorios y barrios; tendiendo a optimizar y fortalecer el sistema de promoción y protección de derechos
ÍNDICE PARA
1. Carátula
2. Introducción:
En este apartado, se espera encontrar la fundamentación de la problemática que la organización pretende abordar territorialmente, su estrategia, y objetivos a alcanzar, con la gestión propuesta.
3. Antecedentes y datos de la institución:
Describir proyectos afines realizados anteriormente, experiencias y prácticas comprobables, de trabajo con niños, niñas y jóvenes llevados adelante por su organización en los últimos 5 años. Además consignar articulaciones y diálogos con otras organizaciones y actores con los que hayan desarrollado o estén desarrollando actividades tendientes a la promoción y protección de derechos de niños/as y jóvenes en situación de vulnerabilidad social.
Se deberán consignar además los datos administrativos de
la organización social.
4. Diagnóstico Social:
Del Barrio:
Señalar/especificar características generales y
particulares de los barrios en los cuales
De los niños, niñas y adolescentes:
Describir la situación particular que viven los/las niños/as
y adolescentes con alta vulnerabilidad social en aquellos barrios en que tiene
incidencia y participación territorial
En este apartado se prioriza describir la población que será destinataria de las acciones propuestas desde el proyecto y la situación de vulnerabilidad que los afecta en el ejercicio pleno de sus derechos de la niñez.
5. Descripción de la propuesta
Este apartado debe presentar qué acciones y procedimientos piensa desarrollar la organización, mediante una descripción general del Proyecto, detallando:
- Objetivo General: Describir la acción general que se realizará desde el proyecto para revertir la situación descripta en el diagnóstico social.
- Objetivos Específicos: Describir los logros concretos, claros y precisos necesarios para alcanzar el objetivo general propuesto. Se formulan describiendo los objetivos, procesos y modalidades de abordaje a desplegar como las etapas y tiempos claramente definidos en que se propone lograr el objetivo general.
- Etapas de Actividades y tiempos
Diseñar un cronograma de actividades que se llevarán a cabo con los niños, niñas y jóvenes, y señalar los tiempos y plazos en los cuales serán desarrolladas las diversas etapas, en que se propone lograr los fines perseguidos.
Considerando los distintos ejes de intervención y la integración de los mismos, en las instancias en las que se desarrolle el Proyecto. Si bien, este cronograma de actividades sufrirá cambios en la instancia de implementación y de profundo reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes, consideramos de vital importancia incluirlo como referencia desde la cual evaluar y tomar nuevas decisiones.
Por cada objetivo propuesto describimos las actividades que se desarrollarán, definiendo los tiempos de realización, y especificando claramente los resultados esperados en dichos períodos.
Por ejemplo:
Objetivo 1: Generar espacios de capacitación y participación de los
Padres
6. Destinatarios:
En este punto se debe especificar la cantidad de beneficiarios directos e indirectos para cada una de las actividades propuestas.
7. Evaluación de los resultados del Proyecto:
En este apartado se especificarán los indicadores de logro de los resultados esperados con la implementación del proyecto. Además será necesario definir los momentos de evaluación así como las herramientas que se utilizarán para evaluar el progreso del proyecto.
Como resultado de las evaluaciones parciales se realizarán
informes que serán debidamente presentados a
ACTA ACUERDO DE COOPERACIÓN
PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO COMUNITARIO
PARA
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Entre
Primero: La INSTITUCIÓN se compromete a implementar el Proyecto afectando al mismo la infraestructura, recursos materiales y humanos suficientes para la obtención de los objetivos propuestos, destinados a niñas, niños o adolescentes de hasta 18 años de edad en situación de vulnerabilidad, que se incorporen espontáneamente o por derivación de los efectores territoriales del Sistema de Promoción y Protección de Derechos.
La INSTITUCIÓN se obliga a desarrollar las acciones comprometidas de acuerdo a las estrategias y, metodología de trabajo explicitada en el Proyecto, siempre en articulación permanente con los efectores territoriales del Sistema de Promoción y Protección de Derechos.
Segundo: La INSTITUCIÓN se compromete a promover el pleno goce de los derechos de niños, niñas y adolescentes y su desarrollo integral como sujetos de derechos, en el ámbito de sus familias y comunidades de pertenencia, asegurándole protección y cuidado necesarios en concordancia y respeto con los deberes derechos de sus padres, tutores u otras personas responsables de ellos ante la ley.
Asimismo, a fin de promover y efectivizar acciones tendientes a fortalecer la identidad integral del niño, niña o adolescente, las funciones parentales y de contención comunitaria, la INSTITUCIÓN deberá:
a.- Definir sus estrategias de trabajo dentro de los ejes definidos como Inclusión Social, Prevención, Atención y Acompañamiento en Tratamiento y/o Fortalecimiento y acompañamiento de Organizaciones, explicitando las acciones, procesos o técnicas de prestación propuesta para la implementación del Proyecto, entre otros como: centros de referencia, operadores de calle, centros de atención comunitaria, talleres de arte, oficios, programas de capacitación, prevención, acompañamiento u orientación en problemáticas vinculadas a la salud psicosocial mediante asistencia Socio-Familiar, experiencias de integración barrial, proyectos de autovalimiento y fortalecimiento socio familiar.
b.- Ofrecer instalaciones y acciones ajustadas a las normas establecidas en materia de higiene, salubridad y seguridad, y afectar un equipo compuesto por idóneos y/o profesionales que posean experiencias y saberes suficientes para la obtención de los objetivos propuestos en el Proyecto, priorizando el interés superior del niño como sujeto
pleno de derecho, la re vinculación y/o el fortalecimiento del vínculo parental e inclusión comunitaria de niños, niñas y adolescentes.
c.- Propender a la restitución y pleno goce de los derechos de niños, niñas y adolescentes, la satisfacción de necesidades básicas de los mismos, el cuidado de su salud psicofísica, desarrollo y participación en actividades integrales de socialización, educación, recreación y capacitación de acuerdo a las capacidades y edad de cada niño, niña o adolescente; además de las actividades técnicamente propuestas.
d.- Acompañar a la familia, tutores, referentes parentales o vinculares del niño, niña o adolescente en los procesos de empoderamiento del rol, de reconstrucción o profundización del vínculo parental, imprescindibles para asumir la crianza del niño, niña o adolescente, dentro de su contexto vital e integral de crecimiento y desarrollo psico-físico.
e.- Adoptar las medidas apropiadas para proteger al niño, niña o adolescente contra toda forma de violencia, acoso, o abuso físico o psíquico, descuido o trato negligente, maltratos o explotación, así como también contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, actividades u opiniones de él o sus padres.
f.- Articular el trabajo inter-institucional promoviendo la oportuna y eficaz intervención de cada uno de los recursos territoriales -estatales y de la comunidad- que conforman la red de organismos co-responsables del Sistema de Promoción y Protección de Derechos, en las distintas jurisdicciones de la provincia de Buenos Aires, de modo de instar y acompañar a los niños, niñas y adolescentes y sus familias, en la vinculación con alternativas de atención ajenas a las tareas propias de la INSTITUCIÓN, como así también coordinar con aquellos efectores procedimientos y acciones conjuntas de promoción y protección de derechos, evitando inoficiosas derivaciones y la sobre intervención.
g.- Cumplimentar, del 1 (uno) al 5 (cinco) de cada mes ante los Servicios Zonales del SPPD la presentación y actualización de legajos personales, planillas de presentismo (Form. 645 o el que los sustituya en el futuro) e informes de avance en la participación, intervención o acompañamiento de cada niño, niña o adolescente, y sus familias, con el objeto de registrar en forma conjunta en el REUNA la/s medida/s ordinaria/s de promoción y protección de derechos adoptadas en cada caso, en las distintas etapas de implementación del Proyecto. Las planillas de presentismo se completarán con carácter de declaración jurada y deberán contener los recaudos impuestos en el documento del programa. La INSTITUCIÓN gestionará con el Servicio Zonal del SPPD, la incorporación de dicha información en el REUNA. La presentación en tiempo y forma de la planilla de asistencia constituye requisito previo para la liquidación y percepción de los importes establecidos en el artículo cuarto.
h.- Llevar claros y suficientes registros de los procesos de inclusión, derivación y acompañamiento individual, familiar y/o comunitario en relación a cada niño, niña o adolescente y de sus avances.
Tercero: La INSTITUCIÓN manifiesta conocer el Programa
de FORTALECIMIENTO COMUNITARIO para
A ese fin compromete el fiel cumplimiento del objetivo y modalidad de implementación del Proyecto en el eje de , definido en los siguientes términos:
( .Objetivos Generales y específicos del Proyecto).
En el abordaje y asistencia de los niños, sus familias o referentes parentales se aplicarán los procedimientos que impone la legislación vigente y la reglamentación que emane de la autoridad competente.
Cuarto: Por su parte la SECRETARÍA subvencionará a la INSTITUCIÓN en la implementación y desarrollo del Proyecto, con ..cantidad en letras (cantidad en número) de becas de la modalidad Centro de Día, pagaderas bimestre vencido, contra la efectiva acreditación de la asistencia de niños, niñas y adolescentes mediante la presentación de la planilla de asistencia (Formulario 645 o el que lo sustituya en el futuro), ante el Servicio Zonal y su respectiva carga en el REUNA en la forma y términos que ilustra el documento del Programa.
La INSTITUCIÓN se compromete a afectar los importes percibidos, íntegramente a la ejecución del Proyecto presentado, de acuerdo a la propuesta en él contenida. El monto de la subvención a percibir permanecerá invariable durante la vigencia del presente convenio, salvo que se produzca su ajuste por la norma legal que se dicte al efecto.
Quinto: La INSTITUCIÓN tendrá a su exclusivo cargo la administración de los importes establecidos en el artículo precedente los que deberán ser aplicados íntegramente a cumplir los objetivos y obligaciones asumidas por el presente; debiendo rendir cuenta documentada de la correcta aplicación de los fondos dentro de los noventa (90) días de recepcionada cada subvención, identificando con carácter de declaración jurada- los comprobantes contables que respaldan el egreso. Dichos comprobantes permanecerán en poder de la INSTITUCIÓN, debiendo ser exhibidos a requerimiento o auditoría de la SECRETARÍA. Los Municipios, rendirán cuentas de la debida aplicación de los fondos a los objetivos del Proyecto; ante el Honorable Tribunal de Cuentas Provincial, en las formas y plazos que establece la reglamentación.
Sexto: La INSTITUCIÓN, deberá ajustarse a todos los requerimientos que impone la normativa legal y reglamentaria vigente, de acuerdo a su tipología, para el otorgamiento de subvenciones por parte del estado Provincial, tanto al momento de la suscripción del presente como durante su ejecución, bajo apercibimiento de suspenderse los pagos hasta que la INSTITUCIÓN acredite a satisfacción de la SECRETARÍA el cumplimiento de los recaudos respectivos, sin que ello otorgue derecho a reclamación alguna.
Séptimo: Conforme ello, durante el transcurso del presente, la INSTITUCIÓN no municipal- deberá mantener actualizada su inscripción y vigencia como persona jurídica y entidad de bien público, como así también su registración ante el REPOC Y REUNA. La falta de acreditación de tales recaudos o de los que en el futuro imponga la administración, como la reticencia en exhibirlos, facultará a la SECRETARÍA, a bloquear las liquidaciones y pagos en curso, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula octava.
Octavo: Es facultad de la SECRETARÍA, a través de sus dependencias supervisar y acompañar a la INSTITUCIÓN en la implementación y desarrollo del Proyecto.
Conforme lo cual la INSTITUCIÓN deberá permitir en cualquier momento la realización de supervisiones parciales o integrales y ajustarse a las directivas, disposiciones y recomendaciones que surjan de las mismas. Asimismo la INSTITUCIÓN se compromete a participar activamente de las jornadas o talleres de capacitación convocados por la SECRETARÍA o sus dependencias, con el objeto de facilitar el diálogo de saberes y transferencias de experiencias.
Noveno: La SECRETARÍA en uso de la facultad discrecional
que detenta la administración podrá unilateralmente rescindir el presente
acta-acuerdo, con previo aviso a la INSTITUCIÓN de por lo menos de noventa
(90) días o, en forma automática en caso de incumplimiento total o parcial de
alguna de las cláusulas o, de constituirse alguno de los presupuestos previstos
en el Decreto 4.041/96. De producirse la rescisión, la INSTITUCIÓN deberá
reintegrar los importes de subvenciones insuficientemente rendidos o
indebidamente aplicados, con más los accesorios correspondientes; ello sin
perjuicio de las acciones legales que Fiscalía de Estado de
Décimo: El presente acta acuerdo tendrá una duración de 12 o 24 meses a partir del 1° de enero de 20 y hasta el 31 de diciembre de 20.., pudiendo ser prorrogado automáticamente por iguales períodos de mantenerse vigentes las circunstancias y recaudos tenidos en vistas al otorgarlo, siempre que no medie expreso pedido en contrario por cualquiera de las partes, el que deberá ser notificado con una antelación de por lo menos noventa (90) días a la fecha de expiración del plazo por telegrama colacionado u otro medio de notificación fehaciente.
Décimo Primera: A los efectos de las transferencias de las sumas subvencionadas, la INSTITUCIÓN denuncia la cuenta abierta a nombre de . Nº .del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal Nº .. CBU
Décimo Segunda: A los efectos legales, las partes
constituyen los siguientes domicilios, la SECRETARÍA en calle 116 Nº 1869 de
En prueba de conformidad se firman 3 (tres) ejemplares de
un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de
ANEXO III
RENDICIÓN DE GASTOS
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS COMPROBANTES
Conceptos que pueden integrar
Carecer de Enmiendas, tachaduras, borrones y no hallarse testados.
Emitidas a nombre de la entidad titular de la subvención o subsidio
Comprobantes no válidos para respaldar operaciones:
a) Los comprobantes emitidos
mediante la utilización de un equipamiento electrónico -Controlador Fiscal-
que no se encuentra homologado por
b) Talones de factura en restaurantes, bares, casas de comida o similares.
c) Tiras de máquina de sumar o calcular.
d) Cupones o similares que se emitan en virtud de sistemas de tarjetas de crédito, de compra, de pago y/o de débito.
Sistema de emisión de comprobantes:
La emisión de los comprobantes se efectuará:
a) En forma manual (emisión de comprobantes en forma manuscrita -talonario de facturas o documentos equivalentes-, mediante la utilización de computadoras únicamente si se las utiliza como procesador de texto- o del equipamiento electrónico denominado Controlador Fiscal, si se trata de documentos no fiscales homologados o documentos no fiscales).
b) Mediante la utilización de sistemas no manuales:
1. Sistemas computarizados (autoimpresores), electromecánicos o mecánicos.
2. Equipamiento electrónico denominado Controlador Fiscal, si se trata de documentos fiscales.
Para la emisión del comprobante podrá utilizarse, en forma complementaria o alternativa, sistemas manuales y computarizados.
C.C. 11.780