Provincia de Buenos Aires

SECRETARÍA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Resolución 188

 

La Plata, 29 de septiembre de 2014.

 

VISTO el expediente 2171-10286/14, mediante el cual se gestiona la aprobación del Acta Acuerdo de Cooperación en el marco del Programa de Fortalecimiento Comunitario para la Inclusión de Niños, Niñas y Adolescentes, a suscribir entre la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos y diversas instituciones civiles y Municipios de la Provincia de Buenos Aires, comprometidos con la Ley N° 13.298, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a tenor de la Ley N° 13.298 que crea en la Provincia de Buenos Aires el Sistema de Promoción y Protección de Derechos del Niño que como sistema, avanza en el territorio mediante diferentes modalidades de programas y estrategias diseñadas para dar respuestas a las necesidades de niños, niñas y adolescentes, legitimando en diferentes funciones y atribuciones a los servicios de promoción y protección de derechos;

 

Que a través del Programa y Acta Acuerdo de Cooperación que por este acto se aprueban, se promueve el diseño de proyectos socio comunitarios a nivel barrial - local, en los ejes inclusión social, prevención y acompañamiento en estrategias terapéuticas de atención y, el fortalecimiento y acompañamiento de Organizaciones, a presentar por instituciones y Municipios;

 

Que en la implementación del Proyecto las instituciones y Municipios han de afectar la estructura, recursos humanos y materiales suficientes para el logro de los objetivos propuestos, destinados a niños, niñas y adolescentes de hasta dieciocho (18) años de edad en situación de vulnerabilidad, que se incorporen espontáneamente o por derivación de los efectores territoriales del Sistema de Promoción y Protección de Derechos;

 

Que, asimismo se comprometen a promover el pleno goce de los derechos de niños, niñas y adolescentes, su desarrollo integral como sujetos de derecho en el ámbito de sus familias y comunidades de pertenencia, asegurándole protección y cuidados necesarios en concordancia y respeto con los deberes - derechos de sus padres, tutores u otras personas responsables de ellos ante la ley;

 

Que la Secretaría subvencionará en forma bimestral a cada institución en la implementación y desarrollo del Programa con el otorgamiento de becas -modalidad Centro de Día- contra la efectiva acreditación de la asistencia de los niños, niñas y adolescentes, mediante la presentación de la planilla de asistencia ante el Servicio Zonal y su respectiva carga en el Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia - R.E.U.N.A., conforme Anexo I que forma parte de la presente;

 

Que, conforme lo dispuesto en el Decreto 4.619/13 y dentro de los noventa (90) días de la recepción de la subvención, cada institución deberá mediante formulario que como Anexo II forma parte de la presente, rendir cuenta documentada de la correcta aplicación de los fondos, identificando los comprobantes contables que respaldan los egresos con ajuste a los términos impuestos en el Anexo III, mientras que cada Municipio hará lo propio ante el Honorable Tribunal de Cuentas Provincial;

 

Que el Acuerdo tendrá una vigencia de doce (12) o veinticuatro (24) meses, pudiendo ser prorrogado de manera automática por iguales períodos, siempre que no medie expreso pedido en contrario por cualquiera de las partes, previo aviso y con una antelación de por lo menos noventa (90) días a la fecha de expiración del plazo por telegrama colacionado u otro medio de notificación fehaciente;

 

Que han tomado debida intervención la Dirección Provincial de Programas y Promoción Comunitaria a fojas 23, 24 y 41 y vuelta y la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos a fojas 25 y 42;

 

Que a fojas 27, en el marco de lo prescripto por el Decreto 626/08 interviene la Dirección Provincial de Subsidios y Subvenciones del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

 

Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno a fojas 29 y vuelta, tomado intervención la Contaduría General de la Provincia a fojas 32 y tomado vista la Fiscalía de Estado a fojas 34;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 13.298, Decreto 11/11 B - Anexo 4, puntos 2 y 6 y artículo 4° del Decreto 11/12;

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Aprobar el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO COMUNITARIO PARA LA INCLUSIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, el ACTA ACUERDO y sus Anexos I, II y III, que como Anexo Único y constando de doce (12) fojas, pasa a formar parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, notificar al señor Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos. Cumplido, archivar.

 

Pablo Gabriel Navarro

Secretario de Niñez y Adolescencia

 

ANEXO ÚNICO

SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROGRAMAS Y PROMOCIÓN COMUNITARIA

Proyecto de Programa de Fortalecimiento Comunitario

Proceso de Diagnóstico y re adecuación de proyectos

 

Introducción

 

A partir del año 2003 la Provincia de Buenos Aires, ha diseñado, promovido y adoptado, Políticas Públicas tendientes a producir cambios institucionales, normativos, sociales y culturales, con eje en la recuperación de un Estado presente y activo en todo su territorio. Con esa impronta, la creación de la Secretaría de Niñez y Adolescencia, ha posibilitado el desarrollo de políticas que tiendan al fortalecimiento de las comunidades mediante la profundización del rol de las organizaciones sociales en la Promoción y Protección de los Derechos.

 

En este contexto, el fortalecimiento de la articulación con los Gobiernos Municipales y las Organizaciones de la Comunidad permite la conformación de una red social tendiente a tornar efectivo y eficaz el paradigma del sistema de Promoción y Protección de Derechos expresado en la Ley N° 13.298.

La Ley N° 13.298, como parte del plexo normativo que fundamenta las Políticas de Niñez y Adolescencia, persigue el pleno goce de los derechos de niñas, niños y adolescentes, tendiendo a su pleno desarrollo como sujetos de derechos, en el ámbito de sus familias y comunidades de pertenencia, y para ello impone promover el desarrollo de Políticas Públicas de descentralización de las acciones y recursos del Estado, que comprometan en su implementación a la totalidad de los efectores del Sistema de Promoción y Protección de los Derechos de la niñez en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

Con ello, promoviendo la organización social como herramienta de transformación, se prevé que la inmediatez territorial de la gestión, resulte factor determinante para que las Políticas Públicas impacten positiva y directamente en sus destinatarios los niños, niñas y adolescentes, sus familias y comunidades de toda la provincia de Buenos Aires.

En ese contexto, el presente se promueve como documento de gestión del Programa de Fortalecimiento Comunitario para la Inclusión de Niños, Niñas y Adolescentes, elaborado con el objeto de brindar pautas que permitan el diseño de proyectos socio comunitarios a nivel barrial - local que podrán ser presentados por las instituciones para su evaluación y financiamiento a la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia.

La Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, propone desarrollar los siguientes ejes estratégicos de trabajo en el territorio:

1. Inclusión Social.

2. Prevención y acompañamiento en estrategias terapéuticas de Atención.

3. Fortalecimiento y acompañamiento de Organizaciones.

DESCRIPCIÓN DE LOS EJES PROPUESTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

Se financiarán proyectos que se propongan objetivos en los siguientes ejes de trabajo Inclusión Social: Se trata de promover experiencias barriales de trabajo con niños y jóvenes que se propongan abordar procesos de inclusión social. Desde este eje se promueven aquellas iniciativas que las organizaciones sociales desarrollan en el ámbito barrial, para acompañar procesos de inclusión a políticas públicas, garantizando el acceso a derechos.

Estos proyectos deberán contener un componente de trabajo interdisciplinario que permita garantizar el desarrollo de recursos subjetivos en niños y adolescentes, necesarios para sostener procesos de inclusión social y acceso a derechos.

Las instituciones podrán proponer acciones concretas destinadas a niños, adolescentes y jóvenes que permitan fortalecer lazos de inclusión a la educación, y al mundo del trabajo, a través de la formación y capacitación; promoviendo el acceso a políticas, al desarrollo de capacidades expresivas y cognitivas que signifiquen la ampliación de horizontes simbólicos, así como un desarrollo pleno de la subjetividad.

Desde este eje se financiarán proyectos y estrategias preventivas y de fortalecimiento de la identidad que trabajen con los niños, niñas y adolescentes, las familias o grupos de pertenencia en la comunidad, creando redes de contención ante situaciones conflictivas que podrían derivar en la expulsión de los niños de sus lugares de origen.

Desde este eje se priorizarán proyectos en dos categorías:

• Inclusión Educativa, y Formación para el trabajo.

• Comunicación, Arte, Cultura y Deportes.

2. Prevención y acompañamiento en estrategias terapéuticas de atención: En este eje se podrán proponer, proyectos que brinden atención a niños, niñas y adolescentes, en situación de vulnerabilidad, con un abanico de modalidades y espacios de protección y promoción de derechos que promuevan procesos de inclusión socio-comunitaria, en los que debe prevalecer una metodología que contemple ir al encuentro de problemáticas específicas, validando la calle como espacio de abordaje.

Desde este eje se financiarán proyectos y estrategias preventivas y de fortalecimiento de la identidad que trabajen con las familias o grupos de pertenencia en la comunidad, creando redes de contención ante situaciones conflictivas.

Fortalecer además experiencias y proyectos que persigan objetivos vinculados a la Salud de la Comunidad y de los jóvenes y niños en particular. Propuestas de educación y Promoción de la Salud que aborden los temas más relevantes entre adolescentes y jóvenes.

Se promueven proyectos que brinden acompañamiento de las estrategias terapéuticas –desplegadas por los efectores competentes- mediante asistencia integral y acompañamiento profesional interdisciplinario a niños, niñas y adolescentes cuya situación de vulnerabilidad se asocia a sus capacidades, problemas de adicciones, maltrato y violencia.

Desde este eje se priorizarán proyectos en dos categorías:

• Abordaje, promoción y atención de derechos de niños y jóvenes con derechos vulnerados a causa de la precariedad o conflictividad de sus vínculos familiares y comunitarios, fortaleciendo los mismos en las áreas psicológica y social.

• Atención y promoción de derechos de niños y jóvenes víctimas de maltrato infantil (violencia familiar y/o abuso sexual entre otros) o cuya situación de vulnerabilidad se asocia con sus capacidades especiales o problemas de adicciones; en las áreas psicológica, social y legal.

3. Fortalecimiento y acompañamiento de Organización: Se podrá financiar proyectos de capacitación, acompañamiento, fortalecimiento, seguimiento y monitoreo de organizaciones sociales, religiosas y gubernamentales que atiendan problemáticas de niñez y adolescencia.

Desde este eje se promueve el fortalecimiento de organizaciones sociales, a partir del financiamiento de propuestas que partan de organizaciones reconocidas por su fuerte expertiz e impacto efectivo en el abordaje de temáticas específicas.

Este eje promueve el diálogo de saberes, el intercambio y transferencia de experiencias cuyo impacto ha sido probado y reconocido para replicar en diferentes territorios y barrios; tendiendo a optimizar y fortalecer el sistema de promoción y protección de derechos

ÍNDICE PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS

1. Carátula

2. Introducción:

En este apartado, se espera encontrar la fundamentación de la problemática que la organización pretende abordar territorialmente, su estrategia, y objetivos a alcanzar, con la gestión propuesta.

3. Antecedentes y datos de la institución:

Describir proyectos afines realizados anteriormente, experiencias y prácticas comprobables, de trabajo con niños, niñas y jóvenes llevados adelante por su organización en los últimos 5 años. Además consignar articulaciones y diálogos con otras organizaciones y actores con los que hayan desarrollado o estén desarrollando actividades tendientes a la promoción y protección de derechos de niños/as y jóvenes en situación de vulnerabilidad social.

La Institución durante el período de aprobación y vigencia del acta acuerdo deberá mantener actualizada su inscripción y vigencia como persona jurídica, inscripción en el REPOC, REUNA, acreditar reconocimiento como entidad de bien público y situación actualizada ante AFIP, sin perjuicio de los requisitos que en el futuro indique la Administración.

Se deberán consignar además los datos administrativos de la organización social.

4. Diagnóstico Social:

Del Barrio:

Señalar/especificar características generales y particulares de los barrios en los cuales la Organización tiene incidencia y/o participación. (Dinámicas y cultura del barrio, acceso a los servicios públicos, presencia de escuelas, de centros de salud, de entidades de bien público, Soc. de fomento, centros de jubilados, centros culturales, entre otros), espacios al aire libre (plazas, parques) y los usos de los mismos, con fines de recreación y encuentro de los habitantes de ese barrio. Es importante incluir un breve análisis acerca de las problemáticas principales que aquejan al territorio, así como también su potencial de desarrollo.

De los niños, niñas y adolescentes:

Describir la situación particular que viven los/las niños/as y adolescentes con alta vulnerabilidad social en aquellos barrios en que tiene incidencia y participación territorial la Institución. Es importante incluir un breve análisis acerca de las problemáticas principales que viven las/los niñas/os, adolescentes y jóvenes del territorio, así como también su potencial de desarrollo.

En este apartado se prioriza describir la población que será destinataria de las acciones propuestas desde el proyecto y la situación de vulnerabilidad que los afecta en el ejercicio pleno de sus derechos de la niñez.

5. Descripción de la propuesta

Este apartado debe presentar qué acciones y procedimientos piensa desarrollar la organización, mediante una descripción general del Proyecto, detallando:

- Objetivo General: Describir la acción general que se realizará desde el proyecto para revertir la situación descripta en el diagnóstico social.

- Objetivos Específicos: Describir los logros concretos, claros y precisos necesarios para alcanzar el objetivo general propuesto. Se formulan describiendo los objetivos, procesos y modalidades de abordaje a desplegar como las etapas y tiempos claramente definidos en que se propone lograr el objetivo general.

- Etapas de Actividades y tiempos

Diseñar un cronograma de actividades que se llevarán a cabo con los niños, niñas y jóvenes, y señalar los tiempos y plazos en los cuales serán desarrolladas las diversas etapas, en que se propone lograr los fines perseguidos.

Considerando los distintos ejes de intervención y la integración de los mismos, en las instancias en las que se desarrolle el Proyecto. Si bien, este cronograma de actividades sufrirá cambios en la instancia de implementación y de profundo reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes, consideramos de vital importancia incluirlo como referencia desde la cual evaluar y tomar nuevas decisiones.

Por cada objetivo propuesto describimos las actividades que se desarrollarán, definiendo los tiempos de realización, y especificando claramente los resultados esperados en dichos períodos.

Por ejemplo:

Objetivo 1: Generar espacios de capacitación y participación de los

Padres

6. Destinatarios:

En este punto se debe especificar la cantidad de beneficiarios directos e indirectos para cada una de las actividades propuestas.

7. Evaluación de los resultados del Proyecto:

En este apartado se especificarán los indicadores de logro de los resultados esperados con la implementación del proyecto. Además será necesario definir los momentos de evaluación así como las herramientas que se utilizarán para evaluar el progreso del proyecto.

Como resultado de las evaluaciones parciales se realizarán informes que serán debidamente presentados a la Secretaría de Niñez y Adolescencia. Los Servicios Zonales y los Centros de Referencia serán los responsables de avalar los informes presentados.

ACTA ACUERDO DE COOPERACIÓN

PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO COMUNITARIO

PARA LA INCLUSIÓN DE

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

Entre la Secretaría de Niñez y Adolescencia representada en este acto por el Sr. /a Subsecretario/a de Promoción y Protección de Derechos de la Secretaría de Niñez y Adolescencia, Sr./a……………………….., en adelante la “SECRETARÍA” y el Municipio (o) la “………………”, inscripta en la ……………………………………, bajo el número de legajo………………………….., a cargo del proyecto “……………………………..” sito en calle ………………………….. de la localidad de …………………, Partido de ……………………..., representada por los/las el/ la Sr./Sra.… …………………, en adelante la “INSTITUCIÓN”, acuerdan celebrar el siguiente acta-acuerdo de colaboración “ad referéndum” de su ulterior aprobación por acto administrativo pertinente:

Primero: La “INSTITUCIÓN” se compromete a implementar el “Proyecto” afectando al mismo la infraestructura, recursos materiales y humanos suficientes para la obtención de los objetivos propuestos, destinados a niñas, niños o adolescentes de hasta 18 años de edad en situación de vulnerabilidad, que se incorporen espontáneamente o por derivación de los efectores territoriales del Sistema de Promoción y Protección de Derechos.

La “INSTITUCIÓN” se obliga a desarrollar las acciones comprometidas de acuerdo a las estrategias y, metodología de trabajo explicitada en el “Proyecto”, siempre en articulación permanente con los efectores territoriales del Sistema de Promoción y Protección de Derechos.

Segundo: La “INSTITUCIÓN” se compromete a promover el pleno goce de los derechos de niños, niñas y adolescentes y su desarrollo integral como sujetos de derechos, en el ámbito de sus familias y comunidades de pertenencia, asegurándole protección y cuidado necesarios en concordancia y respeto con los deberes derechos de sus padres, tutores u otras personas responsables de ellos ante la ley.

Asimismo, a fin de promover y efectivizar acciones tendientes a fortalecer la identidad integral del niño, niña o adolescente, las funciones parentales y de contención comunitaria, la “INSTITUCIÓN” deberá:

a.- Definir sus estrategias de trabajo dentro de los ejes definidos como Inclusión Social, Prevención, Atención y Acompañamiento en Tratamiento y/o Fortalecimiento y acompañamiento de Organizaciones, explicitando las acciones, procesos o técnicas de prestación propuesta para la implementación del “Proyecto”, entre otros como: centros de referencia, operadores de calle, centros de atención comunitaria, talleres de arte, oficios, programas de capacitación, prevención, acompañamiento u orientación en problemáticas vinculadas a la salud psicosocial mediante asistencia Socio-Familiar, experiencias de integración barrial, proyectos de autovalimiento y fortalecimiento socio familiar.

b.- Ofrecer instalaciones y acciones ajustadas a las normas establecidas en materia de higiene, salubridad y seguridad, y afectar un equipo compuesto por idóneos y/o profesionales que posean experiencias y saberes suficientes para la obtención de los objetivos propuestos en el “Proyecto”, priorizando el interés superior del niño como sujeto

pleno de derecho, la re vinculación y/o el fortalecimiento del vínculo parental e inclusión comunitaria de niños, niñas y adolescentes.

c.- Propender a la restitución y pleno goce de los derechos de niños, niñas y adolescentes, la satisfacción de necesidades básicas de los mismos, el cuidado de su salud psicofísica, desarrollo y participación en actividades integrales de socialización, educación, recreación y capacitación de acuerdo a las capacidades y edad de cada niño, niña o adolescente; además de las actividades técnicamente propuestas.

d.- Acompañar a la familia, tutores, referentes parentales o vinculares del niño, niña o adolescente en los procesos de empoderamiento del rol, de reconstrucción o profundización del vínculo parental, imprescindibles para asumir la crianza del niño, niña o adolescente, dentro de su contexto vital e integral de crecimiento y desarrollo psico-físico.

e.- Adoptar las medidas apropiadas para proteger al niño, niña o adolescente contra toda forma de violencia, acoso, o abuso físico o psíquico, descuido o trato negligente, maltratos o explotación, así como también contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, actividades u opiniones de él o sus padres.

f.- Articular el trabajo inter-institucional promoviendo la oportuna y eficaz intervención de cada uno de los recursos territoriales -estatales y de la comunidad- que conforman la red de organismos co-responsables del Sistema de Promoción y Protección de Derechos, en las distintas jurisdicciones de la provincia de Buenos Aires, de modo de instar y acompañar a los niños, niñas y adolescentes y sus familias, en la vinculación con alternativas de atención ajenas a las tareas propias de la “INSTITUCIÓN”, como así también coordinar con aquellos efectores procedimientos y acciones conjuntas de promoción y protección de derechos, evitando inoficiosas derivaciones y la sobre intervención.

g.- Cumplimentar, del 1 (uno) al 5 (cinco) de cada mes ante los Servicios Zonales del SPPD la presentación y actualización de legajos personales, planillas de presentismo (Form. 645 o el que los sustituya en el futuro) e informes de avance en la participación, intervención o acompañamiento de cada niño, niña o adolescente, y sus familias, con el objeto de registrar en forma conjunta en el REUNA la/s medida/s ordinaria/s de promoción y protección de derechos adoptadas en cada caso, en las distintas etapas de implementación del “Proyecto”. Las planillas de presentismo se completarán con carácter de declaración jurada y deberán contener los recaudos impuestos en el documento del programa. La “INSTITUCIÓN” gestionará con el Servicio Zonal del SPPD, la incorporación de dicha información en el REUNA. La presentación en tiempo y forma de la planilla de asistencia constituye requisito previo para la liquidación y percepción de los importes establecidos en el artículo cuarto.

h.- Llevar claros y suficientes registros de los procesos de inclusión, derivación y acompañamiento individual, familiar y/o comunitario en relación a cada niño, niña o adolescente y de sus avances.

Tercero: La “INSTITUCIÓN” manifiesta conocer el Programa de FORTALECIMIENTO COMUNITARIO para la INCLUSIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, en cuyo marco se formula el presente, y estar en un todo de acuerdo con sus lineamientos, pautas y reglamentación; conforme lo cual se compromete a desplegar procesos que faciliten, promuevan y/o fortalezcan el acceso a la educación, formación para el trabajo, la salud, la integración y comunicación social en términos del pleno desarrollo personal e inclusión del niño, niña o adolescente en el ámbito familiar y comunitario.

A ese fin compromete el fiel cumplimiento del objetivo y modalidad de implementación del Proyecto en el eje de “…………………………………”, definido en los siguientes términos:

(….Objetivos Generales y específicos del Proyecto).

En el abordaje y asistencia de los niños, sus familias o referentes parentales se aplicarán los procedimientos que impone la legislación vigente y la reglamentación que emane de la autoridad competente.

Cuarto: Por su parte la “SECRETARÍA” subvencionará a la “INSTITUCIÓN” en la implementación y desarrollo del “Proyecto”, con ……..cantidad en letras (cantidad en número) de becas de la modalidad Centro de Día, pagaderas bimestre vencido, contra la efectiva acreditación de la asistencia de niños, niñas y adolescentes mediante la presentación de la planilla de asistencia (Formulario 645 o el que lo sustituya en el futuro), ante el Servicio Zonal y su respectiva carga en el REUNA en la forma y términos que ilustra el documento del Programa.

La “INSTITUCIÓN” se compromete a afectar los importes percibidos, íntegramente a la ejecución del “Proyecto” presentado, de acuerdo a la propuesta en él contenida. El monto de la subvención a percibir permanecerá invariable durante la vigencia del presente convenio, salvo que se produzca su ajuste por la norma legal que se dicte al efecto.

Quinto: La “INSTITUCIÓN” tendrá a su exclusivo cargo la administración de los importes establecidos en el artículo precedente los que deberán ser aplicados íntegramente a cumplir los objetivos y obligaciones asumidas por el presente; debiendo rendir cuenta documentada de la correcta aplicación de los fondos dentro de los noventa (90) días de recepcionada cada subvención, identificando –con carácter de declaración jurada- los comprobantes contables que respaldan el egreso. Dichos comprobantes permanecerán en poder de la “INSTITUCIÓN”, debiendo ser exhibidos a requerimiento o auditoría de la “SECRETARÍA”. Los Municipios, rendirán cuentas de la debida aplicación de los fondos a los objetivos del Proyecto; ante el Honorable Tribunal de Cuentas Provincial, en las formas y plazos que establece la reglamentación.

Sexto: La “INSTITUCIÓN”, deberá ajustarse a todos los requerimientos que impone la normativa legal y reglamentaria vigente, de acuerdo a su tipología, para el otorgamiento de subvenciones por parte del estado Provincial, tanto al momento de la suscripción del presente como durante su ejecución, bajo apercibimiento de suspenderse los pagos hasta que la “INSTITUCIÓN” acredite a satisfacción de la “SECRETARÍA” el cumplimiento de los recaudos respectivos, sin que ello otorgue derecho a reclamación alguna.

Séptimo: Conforme ello, durante el transcurso del presente, la “INSTITUCIÓN” –no municipal- deberá mantener actualizada su inscripción y vigencia como persona jurídica y entidad de bien público, como así también su registración ante el REPOC Y REUNA. La falta de acreditación de tales recaudos o de los que en el futuro imponga la administración, como la reticencia en exhibirlos, facultará a la “SECRETARÍA”, a bloquear las liquidaciones y pagos en curso, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula octava.

Octavo: Es facultad de la “SECRETARÍA”, a través de sus dependencias supervisar y acompañar a la “INSTITUCIÓN” en la implementación y desarrollo del Proyecto.

Conforme lo cual la “INSTITUCIÓN” deberá permitir en cualquier momento la realización de supervisiones parciales o integrales y ajustarse a las directivas, disposiciones y recomendaciones que surjan de las mismas. Asimismo la “INSTITUCIÓN” se compromete a participar activamente de las jornadas o talleres de capacitación convocados por la “SECRETARÍA” o sus dependencias, con el objeto de facilitar el diálogo de saberes y transferencias de experiencias.

Noveno: La “SECRETARÍA” en uso de la facultad discrecional que detenta la administración podrá unilateralmente rescindir el presente acta-acuerdo, con previo aviso a la “INSTITUCIÓN” de por lo menos de noventa (90) días o, en forma automática en caso de incumplimiento total o parcial de alguna de las cláusulas o, de constituirse alguno de los presupuestos previstos en el Decreto 4.041/96. De producirse la rescisión, la “INSTITUCIÓN” deberá reintegrar los importes de subvenciones insuficientemente rendidos o indebidamente aplicados, con más los accesorios correspondientes; ello sin perjuicio de las acciones legales que Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, considere procedentes en los términos de los artículos 38 y cctes. del Decreto Ley 7.543 y 2 del Decreto 4.041/96, a cuyo fin se dará la pertinente intervención.

Décimo: El presente acta acuerdo tendrá una duración de 12 o 24 meses a partir del 1° de enero de 20… y hasta el 31 de diciembre de 20.., pudiendo ser prorrogado automáticamente por iguales períodos de mantenerse vigentes las circunstancias y recaudos tenidos en vistas al otorgarlo, siempre que no medie expreso pedido en contrario por cualquiera de las partes, el que deberá ser notificado con una antelación de por lo menos noventa (90) días a la fecha de expiración del plazo por telegrama colacionado u otro medio de notificación fehaciente.

Décimo Primera: A los efectos de las transferencias de las sumas subvencionadas, la “INSTITUCIÓN” denuncia la cuenta abierta a nombre de……………………. Nº……………….del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal Nº………………….. CBU………………………

Décimo Segunda: A los efectos legales, las partes constituyen los siguientes domicilios, la “SECRETARÍA” en calle 116 Nº 1869 de la Ciudad de La Plata y la “INSTITUCIÓN” en calle ……………….. de la Localidad de …….., del Partido de ………. Provincia de Buenos Aires, y se someten a la competencia de los Juzgados Contenciosos Administrativos de la ciudad de La Plata.

En prueba de conformidad se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata, a los...........días, del mes de……….………………. de…………….-

 

 

 

ANEXO III

RENDICIÓN DE GASTOS

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS COMPROBANTES

Conceptos que pueden integrar la RENDICIÓN DE GASTOS del Proyecto.

Carecer de Enmiendas, tachaduras, borrones y no hallarse testados.

Emitidas a nombre de la entidad titular de la subvención o subsidio

 

 

Comprobantes no válidos para respaldar operaciones:

a) Los comprobantes emitidos mediante la utilización de un equipamiento electrónico -”Controlador Fiscal”- que no se encuentra homologado por la AFIP.

b) Talones de factura en restaurantes, bares, casas de comida o similares.

c) Tiras de máquina de sumar o calcular.

d) Cupones o similares que se emitan en virtud de sistemas de tarjetas de crédito, de compra, de pago y/o de débito.

Sistema de emisión de comprobantes:

La emisión de los comprobantes se efectuará:

a) En forma manual (emisión de comprobantes en forma manuscrita -talonario de facturas o documentos equivalentes-, mediante la utilización de computadoras –únicamente si se las utiliza como procesador de texto- o del equipamiento electrónico denominado “Controlador Fiscal”, si se trata de documentos no fiscales homologados o documentos no fiscales).

b) Mediante la utilización de sistemas no manuales:

• 1. Sistemas computarizados (autoimpresores), electromecánicos o mecánicos.

• 2. Equipamiento electrónico denominado “Controlador Fiscal”, si se trata de documentos fiscales.

Para la emisión del comprobante podrá utilizarse, en forma complementaria o alternativa, sistemas manuales y computarizados.

C.C. 11.780