DEROGADA POR RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 2508/2020 DGCYE

RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N° 2542- DGCYE-18

 

 

 

 

 

LA PLATA, 30 de agosto de 2018

 

 

 

 

 

VISTO el expediente 5828-275317 8/2018 y las Leyes N° 13.688, N° 13.981, N° 13.767, los Decretos N° 1.300/16 y N° 3260/08, las Resoluciones N° 4224/03, N° 6/04, N° 531/05, N° 2001/07, N° 1539/11, N° 1683/11 y N° RESFC-2018-582- GDEBA-DGCYE, y

 

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

 

 

Que la implementación del Programa de Descentralización de la Gestión Administrativa cumple con los objetivos que inspiraron su creación, al optimizar la utilización de los recursos humanos, económicos y financieros disponibles, lograr mayor eficiencia y eficacia en la ejecución del gasto y el mejor funcionamiento del servicio educativo;

 

 

 

 

 

Que asimismo amerita la reformulación y actualización del Programa de Descentralización de la Gestión Administrativa con el fin de profundizar su acción;

 

 

 

 

 

Que con el fin de asegurar el servicio de transporte terrestre de alumnos y optimizar los recursos humanos y materiales disponibles, resulta necesario modificar el marco legal que le dio origen;

 

 

 

 

 

Que para alcanzar las metas propuestas, se revalorizó el rol de los Municipios como miembros de la comunidad educativa;

 

 

 

 

 

Que en procura de cumplir con dichos fines y de acuerdo con la Resolución RESFC-2018-582- GDEBA-DGCYE, se suscribirán convenios entre los Municipios de la Provincia de Buenos Aires y la Dirección General de Cultura y Educación, que realizará la asistencia financiera anual destinada a solventar los gastos de funcionamiento del sistema de transporte terrestre de alumnos;

 

 

 

 

 

Que de acuerdo a la Resolución mencionada en el párrafo anterior, los Municipios serán responsables del sistema de transporte como también de la administración de los recursos humanos, materiales y gastos de implementación, de acuerdo a las directivas emanadas de la Dirección de Logística dependiente de la Dirección Provincial de Consejos Escolares;

 

 

 

 

 

Que han tomado intervención en el ámbito de su competencia Asesoría General de Gobierno a fojas 13, Contaduría General de la Provincia a fojas 15 y Fiscalía de Estado a fojas 19;

 

 

 

 

 

Que la presente se dicta en uso de las facultades que otorga el artículo 69 inciso e), y) de la Ley Nº 13.688;

 

 

 

 

 

Por ello,

 

 

 

 

 

EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

 

 

 

 

 

RESUELVE

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1°. Dar continuidad al “PROGRAMA DE DESCENTRALIZACIÓN DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA”, creado por Resolución N° 4224/03 y su modificatoria Resolución N° 6/04, destinado a la provisión de insumos y a la contratación de bienes y servicios en general y a la contratación de obras de infraestructura y trabajos de mantenimiento que resulten necesarios para el normal funcionamiento de los establecimientos educativos de gestión pública de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2°. Modificar el artículo 3° del texto ordenado del “PROGRAMA DE DESCENTRALIZACIÓN DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA”, establecido en la Resolución N° 6/04, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3°.- Establecer que el “PROGRAMA DE DESCENTRALIZACIÓN DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA”, que se crea por el presente acto administrativo, tiene por objeto la contratación descentralizada en los Consejos Escolares, como órganos colegiados desconcentrados de esta Dirección General de Cultura y Educación, de los servicios de transporte terrestre de alumnos, desagote, limpieza de pozos y servicios sanitarios, limpieza de tanques, provisión de agua potable, pensión y hospedaje de alumnos, desinfección, desratización y desinsectación, combustible para calefaccionamiento, grupos electrógenos y vehículos que colaboren con el traslado de alumnos, provisión de artículos de limpieza para los establecimientos escolares, erogaciones en concepto de combustible y mantenimiento de vehículos con registro oficial y de cooperadoras afectados al transporte de alumnos de escuelas de Educación Especial, provisión de ropa y útiles de trabajo para el personal comprendido en el régimen de la Ley N° 10.430 dependiente de este organismo, gastos de funcionamiento y de menor cuantía de los Consejos Escolares, gastos operativos o logísticos, provisión en alquiler de baños químicos, servicio de mantenimiento y reposición de productos químicos en los mismos, operación y mantenimiento de plantas depuradoras y obras de mantenimiento preventivo y correctivo de infraestructura edilicia y los gastos que demande la contratación del sistema de transporte escolar descentralizada en los Municipios.”.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3°. Incorporar como artículo 12 Bis del texto ordenado del “PROGRAMA DE DESCENTRALIZACIÓN DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA”, establecido en la Resolución N° 6/04, el siguiente texto: “ARTÍCULO 12 Bis.- Establecer que la transferencia de fondos a los Municipios para ser afectados a la contratación del servicio de transporte terrestre de alumnos se atenderá con imputación presupuestaria a la Partida Principal 5 – Partida Subprincipal 3 – Parcial 2 del Programa 8 – Actividad 1 del Presupuesto General vigente.”.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 4°. La presente resolución será refrendada por la Subsecretaría de Políticas Docentes y Gestión Territorial y Subsecretaría Administrativa de este organismo.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 5°. Registrar la presente resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa. Comunicar a la Subsecretaría de Políticas Docentes y Gestión Territorial y a la Subsecretaría Administrativa. Notificar a la Subsecretaría de Educación, a la Auditoría General, a la Dirección General de Administración y a la Dirección Provincial de Consejos Escolares y por su intermedio a los Consejos Escolares y a quienes corresponda. Publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

 

 

 

 

Fdo. María Florencia Castro, Subsecretaria; Diego Taurizano, Subsecretario; Gabriel Sánchez Zinny, Director General.

 

 

 

 

 

C.C. 10096