MINISTERIO DE GOBIERNO

DISPOSICIÓN N° 51/2020

NOTA: Por Resolución 590/2020 MGGP: Convalida la presente.

La Plata, 26 de Mayo de 2020.

Referencia: Clausura Delegación Hospital "Comodoro Hugo César Meisner"

VISTO el EX-2020-05708600-GDEBA-SDAMGGP, mediante el cual se gestiona la clausura de la Delegación del Registro de las Personas ubicado en el Hospital Municipal Materno Infantil “Comodoro Hugo César Meisner” ubicado en la Localidad de Presidente Derqui, Partido Del Pilar, debido a que el mismo cierra su operatoria asistencial, y CONSIDERANDO:

Que el marco institucional establecido mediante la Ley Nº 15164 propende a optimizar la organización de la Administración Pública Provincial;

Que mediante el DECRE-2020-32-GDEBA-GPBA, se establece una nueva estructura orgánica funcional del Ministerio de Gobierno, determinando las misiones y funciones que deben cumplirse en esta Dirección Provincial, en miras a contribuir al logro de una mayor eficiencia en la gestión;

Que una de las acciones establecidas, en el Decreto citado en el párrafo que antecede, para esta Dirección Provincial del Registro de las Personas es el “ejercer la superintendencia administrativa, funcional y jerárquica” en su ámbito de competencia;

Que en virtud de las misiones y funciones asignadas en el anexo II del Decreto citado, corresponde a la Dirección de Delegaciones: “1. Ejercer la conducción y control de las Delegaciones Zonales y las diversas Delegaciones comprendidas en la respectiva Zona, supervisando y fiscalizando la correcta prestación de los servicios y el funcionamiento de las mismas, asegurando la coordinación adecuada para garantizar un desenvolvimiento operativo homogéneo, y oficiando de nexo funcional entre los niveles de Delegaciones Zonales, sus respectivas Delegaciones y la Sede Central del Registro de las Personas”;

Que el artículo 62 de la Ley Nacional 17671 “Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional” establece: “ (…) Hasta tanto el Registro Nacional de las Personas se encuentre en condiciones de instalar sus propias oficinas seccionales, se considerarán como tales todas las oficinas de registro civil del país dependientes de las direcciones provinciales de registros civiles y las del Estado Civil y Capacidad de las Personas, las que a tales efectos cumplirán todas las disposiciones emanadas de aquél para satisfacer las exigencias de esta ley. (…)”;

Que por intermedio de la Subdirección Zonal 3, las autoridades del Hospital Municipal Materno Infantil “Comodoro Hugo César Meisner”, ubicado en la Localidad de Presidente Derqui, Partido Del Pilar, comunican el cierre del mismo desde el día primero de diciembre de 2019, y el traslado operativo de sus servicios al nuevo Hospital Materno Neonatal “Nuestra Señora del Pilar”, Partido Del Pilar, solicitando que la Delegación del Registro de las Personas funcione en dicha maternidad;

Que por EX-2020-05708558-GDEBA-SDAMGGP, se tramita la habilitación de una Delegación del Registro de las Personas en el nuevo hospital señalado en el párrafo que antecede;

Que teniendo en cuenta el cierre operativo del Hospital citado, deviene la necesidad de proceder a la clausura de la Delegación del Registro de las Personas que funcionaba en el mismo;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el DECRE-2020-32-GDEBA-GPBA.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DISPONE

ARTÍCULO 1º. Clausurar, desde el día primero de diciembre de 2019, la Delegación Hospital Municipal Materno Infantil “Comodoro Hugo César Meisner, ubicado en la Localidad de Presidente Derqui, Partido Del Pilar, que formaba parte de la Zona 3 de acuerdo a la organización territorial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, aprobada por Disposición N° 14126/10 convalidada por Resolución N° 408/11.

ARTÍCULO 2º. Trasladar el Archivo de Protocolos con su documentación base a la Delegación Presidente Derqui, Partido Del Pilar.

ARTÍCULO 3º. La presente Disposición se dicta a referendo de la señora Ministra de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, notificar al Registro Nacional de las Personas conforme al artículo 62 de la Ley Nacional N° 17671. Cumplido, archivar.