LEY 11872


EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE


LEY

 

ARTICULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar gestiones con el Poder Ejecutivo Nacional, a efectos de celebrar un Convenio que instrumente la transferencia de fracciones de tierra ubicadas en el partido de Pergamino, a favor de la Provincia de Buenos Aires, cuyo dominio consta inscripto a nombre del Estado Nacional - Ferrocarriles Argentinos (ex Ferrocarril Nacional Bartolomé Mitre), designadas catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Quinta 28, Manzana 28 D, Parcela 1, inscripto su dominio al Folio N° 519 de Pergamino, 1890, con todo lo adherido al suelo

El predio cuenta con 80 mts. de frente sobre la calle Güemes, entre Guido y España; 55,80 mts. sobre la calle Guido; 56,10 mts. a Boulevard España y 80 mts. de contrafrente, con una superficie total aproximada de 4.476 mts.


ARTICULO 2.- El inmueble citado en el artículo anterior será destinado a la construcción de viviendas, incluyendo en el mismo predio la edificación de una Comisaría.


ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.