Provincia de Buenos Aires
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGIA ELECTRICA
OCEBA
Resolución Nº 145/08
POR 1 DIA - VISTO: El
Marco Regulatorio de
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 140/07, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó los lineamientos
del Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de
Que, en tal marco, la provincia de Buenos Aires ha dictado el Decreto N° 324/07, por el que adhiere a los lineamientos del
PRONUREE y determina la aplicación inmediata de medidas urgentes con vistas al
uso racional de la energía eléctrica en el ámbito de
Que el artículo 2° de la norma legal citada, autoriza al Organismo de Control
de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA) a ejercer las
funciones de control de las medidas ordenadas por el Decreto N° 324/07 y de todas aquellas que en el futuro se
dispongan;
Que, en tal sentido y a efectos de llevar a cabo la tarea que le ha sido
encomendada, este Organismo de Control dictó las Resoluciones citadas en el
Visto;
Que, sin perjuicio de ello y resultando que el uso racional de la energía es de
aplicación a todos los edificios públicos dependientes del Poder Ejecutivo
Provincial, quedando alcanzados los Ministerios, Secretarías, Organismos
Descentralizados y/o Autárquicos y todas aquellas reparticiones que integran
Que tal información se encuentra centralizada en las distintas empresas que
tienen a su cargo el suministro de energía eléctrica en dichas áreas y que en
el caso resultan las Empresas Distribuidoras
Que oportunamente, por Resolución OCEBA N° 0027/08 se
solicitó a EDELAP S.A. información relacionada con los suministros
correspondientes a los edificios de la administración pública dependientes del
Poder Ejecutivo Provincial, ubicados en su área de concesión;
Que, en consecuencia corresponde hacer lo propio respecto de las Empresas
Distribuidoras Norte y Sur –EDENOR S.A. y EDESUR S.A.- y solicitar su
colaboración a efectos de que remitan la información por categoría tarifaria a
partir del 1° de enero de 2007, de acuerdo al detalle previsto en los anexos I,
II y III que integran la presente;
Que dada la trascendencia que la información solicitada representa para el
cumplimiento del Programa, resulta de suma importancia que la misma sea
suministrada en el menor lapso posible, para, posteriormente, regularizar los
envíos en forma mensual;
Que toda información que se remita a OCEBA deberá enviarse al Lic. Esteban
ALBACETE, de
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 62 de
Por ello
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGIA ELECTRICA DE
ARTICULO 1° -
Solicitar la colaboración de
ARTICULO 2° - Determinar que el período inicial para el envío de la información
identificada en el artículo 1°, será a partir del 1° de enero de 2007,
discriminada mensualmente, debiendo remitirse al Coordinador del Programa Lic.
Esteban ALBACETE a la dirección de correo electrónico ealbacete@oceba.gba.gov.ar.
ARTICULO 3° - Solicitar que la información que se requiere por el artículo 1°,
una vez cumplida con la primera entrega, sea remitida a la dirección indicada
en el artículo 2°, con frecuencia mensual, entre el 1° y el 5° día de cada mes.
ARTICULO 4° - Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINBA. Notificar
a
Acta Nº 530. Jorge A. San Miguel, Presidente. Alberto Diego Sarciat, José Luis Arana, Directores.
ANEXO I
SUMINISTROS DE
1) Datos
identificatorios del suministro
Razón social
Dependencia
Nis
N° CUIT
Categoría IVA:
Domicilio
Localidad
Tensión
Período de Facturación:
Fecha de Lectura Anterior:
Fecha de Lectura:
2) Datos de consumo
Consumo facturado
Recargo por energía reactiva
Recargo por mora
Total a pagar
Días facturados
ANEXO II
SUMINISTROS DE
1) Datos
identificatorios del suministro
Razón social
Dependencia
Nis
N° CUIT
Categoría IVA:
Domicilio
Localidad
Tensión
Período de Facturación:
Fecha de Lectura Anterior:
Fecha de Lectura:
2) Datos de consumo
Potencia contratada
Potencia registrada
Consumo facturado
Consumo reactiva
Potencia facturada
Consumo energía reactiva
Recargo por exceso de potencia
Recargo por energía reactiva
Recargo por mora
Total servicio eléctrico
Total impuestos
ANEXO III
SUMINISTROS DE
1) Datos
identificatorios del suministro
Razón social
Dependencia
Nis Rad + Sec Nis
N° CUIT
Categoría IVA:
Domicilio
Localidad
Tensión
Período de Facturación:
Fecha de Lectura Anterior:
Fecha de Lectura:
2) Datos de consumo
Potencia excedida en punta
Fecha exceso de potencia en punta:
Fecha de recontratación de potencia en punta:
Potencia punta leída
Potencia fuera de punta contratada
Potencia extendida fuera de punta
Fecha de exceso fuera de punta
Potencia fuera de punta leída
Consumo facturado resto (Kwh)
Consumo facturado punta (kwh)
Consumo energía reactiva
Potencia punta facturada
Potencia fuera de punta facturada
Energía facturada resto
Energía facturada valle
Energía facturada punta
Recargo por mora
Intereses del período
Total servicio eléctrico
Total impuestos
Saldo anterior
Consumo energía reactiva punta
Consumo energía reactiva resto
Consumo de energía reactiva valle
C.C. 4.194