Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 142
La Plata, 10 de febrero de 2012.
VISTO el expediente Nº 21.100-147.182/11, Alcance 110, a través del cual se gestiona la aprobación de dos Contratos de Comodato suscriptos por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Salliqueló, y
CONSIDERANDO:
Que los aludidos Contratos de Comodato se celebraron en cumplimiento de los compromisos asumidos por ambas partes en el marco del Convenio de Fortalecimiento
Logístico Nº 207;
Que a través de dichos instrumentos la Municipalidad entrega al Ministerio, en comodato, los vehículos adquiridos con el subsidio otorgado a la comuna por esta Jurisdicción y que reúnen las especificaciones técnicas y características detalladas en el Anexo Único del convenio suscripto;
Que los señalados contratos tienen por objeto asignar a los vehículos cedidos la calidad de patrulleros de las Policías de la Provincia de Buenos Aires en tareas de seguridad pública, dentro de las distintas unidades policiales de la jurisdicción que corresponde al Municipio, sin poder modificar la distribución cualitativa sin la previa y expresa conformidad de este último mediante la suscripción de una addenda a los contratos;
Que el plazo de vigencia de ambos Contratos de Comodato se pactó en cinco (5) años seguidos y consecutivos, a partir de la fecha de su suscripción, pudiendo las partes renovar la cesión de las unidades por idéntico término;
Que durante la vigencia de los Comodatos indicados precedentemente, la Municipalidad se hará cargo de los gastos relacionados con el mantenimiento, combustible y reparación de los vehículos cedidos, quedando a cargo del Ministerio la contratación de los seguros respectivos;
Que a fin de materializar los referidos contratos y adoptar aquellas medidas complementarias que resulten necesarias para su adecuado cumplimiento, las partes se comprometen a suscribir los Protocolos Adicionales que correspondieren;
Que a través del expediente Nº 21.100-940.664/10 Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado se han expedido respecto de la viabilidad del instrumento cuya aprobación se propicia;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias y de conformidad con las previsiones contenidas en el Decreto Nº 1.794/10
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Aprobar los dos Contratos de Comodato, celebrados en el marco del Convenio de Fortalecimiento Logístico Nº 207, entre el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado por el suscripto, y la Municipalidad de Salliqueló, representada por su Intendente Municipal C.P.N. Osvaldo Enrique Cattaneo, por los cuales la comuna cede a esta Jurisdicción una (1) camioneta y un (1) automóvil respectivamente, que le correspondían conforme el citado convenio, cuyos textos como Anexos I y II pasan a formar parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º - En los sucesivos acuerdos, protocolos y addendas que se suscriban como consecuencia de los contratos cuya aprobación se propicia, deberán tomar intervención -con carácter previo a su suscripción- los Organismos de Asesoramiento y Control, cuando correspondiere, los que entrarán en vigencia a partir del dictado del pertinente acto aprobatorio.
ARTÍCULO 3º - Instruir a la Dirección Provincial de Logística Operativa para que lleve adelante los trámites correspondientes a fin de efectivizar la cesión de las unidades y la contratación de los seguros respectivos, previstas en las Cláusulas Primera y Cuarta de los Contratos de Comodato que se aprueban por el artículo 1º de la presente.
ARTÍCULO 4º - Registrar, notificar al Fiscal de Estado y a la Municipalidad de Salliqueló, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Ricardo Casal
Ministro de Justicia y Seguridad
CONTRATO DE COMODATO
Entre la Municipalidad de Salliqueló, representada en este acto por el Intendente Municipal Contador Osvaldo Enrique Cattaneo, con domicilio legal en Avenida 9 de Julio y Rivadavia, en calidad de propietaria de los vehículos destinados como patrulleros a las distintas unidades policiales de su jurisdicción, y que en adelante se denominará
Comodante, y por la otra parte el Ministerio de Justicia y Seguridad, representado en este acto por su titular, Doctor Ricardo Casal, con domicilio en calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata, en adelante el Comodatario, convienen lo siguiente:
PRIMERA: El propietario, Comodante, entrega en este acto, al Comodatario, quien lo acepta a su más entera conformidad, en comodato, la cantidad de una (1) camioneta que cuentan con las características especificadas en el Anexo Único del convenio suscripto, y registrados bajo los siguientes dominios: 1) Marca: Ford, Modelo Ranger DC 4x2 XL Plus 2.3. L N, dominio JWH 424, comprometiéndose el Comodatario a restituirlos al término del contrato.
SEGUNDA: El presente contrato de comodato tiene por objeto asignar a los vehículos cedidos por el Comodante la calidad de patrulleros de las Policías de la Provincia de Buenos Aires en tareas de seguridad pública, dentro de las distintas unidades policiales de la jurisdicción que corresponde al Comodante no pudiendo el Comodatario modificar la distribución cualitativa efectuada sin la previa y expresa conformidad del Comodante a través de la suscripción de una Addenda al presente contrato.
TERCERA: Se establece de común acuerdo que el término del presente contrato de comodato, es por el término de cinco (5) años seguidos y consecutivos, contando a partir del día 13 de junio de 2011, pudiendo las partes renovar dicha cesión por idéntico término.
CUARTA: Serán a cargo del Comodante, durante la vigencia del presente contrato los gastos relacionados con el mantenimiento, combustible y reparación de dichas unidades, quedando a cargo del Comodatario la contratación de los seguros respectivos.
QUINTA: Las partes se comprometen a suscribir los correspondientes Protocolos Adicionales a fin de efectivizar el presente Contrato y eventualmente la adopción de aquellas medidas complementarias que resulten menester para su adecuado cumplimiento. SEXTA: Para todos los efectos legales derivados del presente Contrato, las partes constituyen sus domicilios en los indicados en el acápite de presente, lugar donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos, sometiéndose a iguales efectos a los Tribunales del Fuero Contencioso Administrativo de la ciudad de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad a lo pactado, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de La Plata, a los 13 días del mes de junio de 2011.
Osvaldo Enrique Cattaneo Ricardo Casal
Intendente de Salliqueló Ministro de Justicia y Seguridad
C.C. 2.120