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Fundamentos de la
Ley 11276
La Ley Nacional 23.906
establece en su artículo 7mo., que el derecho a participar en el régimen de
afectación específica de re3cursos a que se refiere esa ley, queda supeditado
a la adhesión expresa de cada una de las provincias, dentro de 180 días de
promulgada (10-4-91).
Esto implica que
antes del próximo 7 de octubre de 1991, los representantes del pueblo de la Provincia debemos
decidir la adhesión o no a la ley de Fondo de Financiamiento Educativo, como
ha dado en denominársela.
Por esta razón y con
la premura que plantea la
Ley Nacional, pedimos a los Sres. legisladores su voto
favorable para este proyecto.
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