Fundamentos de la

Ley 11276

 

            La Ley Nacional 23.906 establece en su artículo 7mo., que el derecho a participar en el régimen de afectación específica de re3cursos a que se refiere esa ley, queda supeditado a la adhesión expresa de cada una de las provincias, dentro de 180 días de promulgada (10-4-91).

            Esto implica que antes del próximo 7 de octubre de 1991, los representantes del pueblo de la Provincia debemos decidir la adhesión o no a la ley de Fondo de Financiamiento Educativo, como ha dado en denominársela.

            Por esta razón y con la premura que plantea la Ley Nacional, pedimos a los Sres. legisladores su voto favorable para este proyecto.