Fundamentos de la Ley 12608

 

            El presente proyecto de ley propicia la modificación del Código Rural en relación al plazo de validez de las guías de trasporte de hacienda.

            La modificación del artículo 174 del Código Rural que proponemos significa reducir a 72 horas la validez de las guías con una prórroga de 48 horas más, por autoridad competente y fundada en razón del estado de los caminos o fuerza mayor.

            La modificación de este artículo del Código Rural ya fue realizada hace 12 años, por iniciativa de los senadores Naveyra y Valerga y que resultó la Ley 10.462.

            En dicha oportunidad se redujo el plazo que contemplaba el Código Rural de 1970 que era de 30 días, a los plazos vigentes en la actualidad.

            Los senadores Naviera y Valerga fundaron su proyecto en que “los plazos previstos actualmente en vigencia son de por sí permisivos y excesivos en virtud de lo mencionado precedentemente (nuevas tecnologías y caminos). Ello trae aparejado una gran evasión fiscal al mismo tiempo que se colisiona con las disposiciones sanitarias vigentes en el orden nacional” (Fundamentos proyecto de Ley E-3/85-86).

            Por su parte en oportunidad de aprobarse el proyecto en la Cámara de Diputados, el 23 de octubre de 1986, el diputado Gianoni sostuvo que “atendiendo a la introducción de nueva tecnología, la existencia de nuevos caminos y además la comprobación de que hay evasión impositiva, toda vez que varios traslados de hacienda se permitirían hacer en treinta días con una sola guía”. Más adelante el diputado agregaba que el nuevo sistema “tiene un plazo suficiente para hacer el movimiento de hacienda, ya sea de campo a campo o en camión para llevar al matadero”.

            En oportunidad de sancionarse la Ley 10.462 los plazos de la misma eran coincidentes con los de SELSA, en la actualidad han quedado desfasados nuevamente.

            Con esta iniciativa pretendemos ajustar los plazos reduciéndolos y de esta manera poner freno a la conocida evasión impositiva que en materia rural significan millonarias sumas ya denunciadas por el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

            Por otra parte se incorpora un nuevo elemento, la fundamentación del plazo de prórroga de la validez de la guía, que podrá ser otorgado solo en razón del mal estado de los caminos rurales o en casos de fuerza mayor.

            Por lo expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto de Ley.