DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

 

DECRETO 1313/12

 

LA PLATA, 10 de diciembre de 2012.

 

VISTO el expediente Nº 4065-126/11, por el cual la Municipalidad de Lincoln modifica la Delimitación de Áreas vigente en el partido por Ordenanza Nº 564/78 y modificatorias, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la propuesta elevada se gestiona la convalidación provincial de la Ordenanza Nº 562/90 y su Decreto de promulgación Nº 3948/90;

 

Que por dichos actos se establecen los usos admitidos para cada una de las subáreas en que se encuentra delimitada la Ciudad de Lincoln y Pueblos del Partido;

 

Que a fojas 18/20, Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial luego de analizar la documentación presentada, considera que la Ordenanza Nº 562/90 es viable, por lo que se encuentra en condiciones de continuar su trámite de convalidación provincial;

 

Que ha intervenido el Departamento de Planeamiento Estratégico a fojas 29, sin formular objeciones de carácter técnico, considerando que la propuesta se encuentra avalada por el municipio, responsable primario del ordenamiento territorial, por lo que correspondería propiciar su convalidación por parte del Poder Ejecutivo, criterio compartido por la Dirección de Investigación y Desarrollo Regional a fojas 30, y por la Dirección Provincial de Desarrollo Regional, a fojas 31;

 

Que a fojas 43, la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda, expresa que la propuesta se ajusta al marco normativo Decreto-Ley Nº 8.912/77 (T.O. 1987) y normas complementarias, por lo que se encuentra en condiciones de proseguir su trámite de convalidación;

 

Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno a fojas 32/32 vuelta;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 83 del Decreto-Ley Nº 8.912/77 (T.O. por Decreto Nº 3.389/87);

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Convalidar la Ordenanza Nº 562/90, su Decreto de Promulgación Nº 3.948/90, de la Municipalidad de Lincoln, por la cual se modifica la Delimitación de Áreas vigente en el partido; y que como Anexo Único compuesto de cuatro (4) fojas útiles forman parte del presente; bajo la exclusiva responsabilidad de los organismos técnicos intervinientes.

 

ARTÍCULO 2º. El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.

 

Cristina Álvarez Rodríguez                          Daniel Osvaldo Scioli

Ministra de Gobierno                                      Gobernador

 

NOTA: El Anexo Único puede ser consultado en su versión PDF.